JURÍDICO ARGENTINA
Doctrina
Título:El Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires. Modelo de transformación institucional y cultural
Autor:Anderlic, Guillermo
País:
Argentina
Publicación:Revista Iberoamericana de Justicia Terapéutica - Número 3 - Septiembre 2021
Fecha:17-09-2021 Cita:IJ-I-DCCCLXXXII-561
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Sumarios

Los ingentes desafíos de la compleja realidad que enfrentamos exigen instituciones republicanas confiables y sólidas, cuyos representantes testimonien compromiso y valores a través de la ejemplaridad de sus actos en el ejercicio de las funciones encomendadas.
La sociedad contemporánea, notoriamente alejada y descreída del Poder Judicial en general, requiere recomponer ineludible y urgentemente la confianza en el último garante de sus derechos y garantías, en la búsqueda de la paz, de la armonía y de la seguridad.
El Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires es fiel reflejo de un organismo convencido de la relevancia que tiene al afrontar decisiones institucionales que estén a la altura de las circunstancias actuales: un Proyecto Estratégico claramente definido y prolijamente controlado en su ejecución y una Política Criminal ajustada a la realidad y a las delicadas misiones confiadas por mandato constitucional y legal.
Son necesarios operadores judiciales vitalizados, en constante capacitación, conscientes de su responsabilidad funcional y de su necesario protagonismo. Deben estar persuadidos del trabajo colectivo, inter y multidisciplinar, apuntalado en el desarrollo tecnológico y que lleve a una tarea enriquecedora, cercana y coordinada entre empleados, funcionarios y magistrados. Deben ser artífices y testigos del acaecimiento de una verdadera transformación institucional y cultural que proyecta ansiados beneficios en los aspectos emocionales de los operadores judiciales y de la sociedad en su conjunto, asentados en los postulados esenciales de la Justicia Terapéutica (TJ).


Palabras Claves:


Transformación, justicia, víctimas, tecnología.


The enormous challenges of the complex reality that we face require reliable and solid republican institutions, whose representatives testify commitment and values through the exemplary nature of their actions, in the exercise of their entrusted functions.
Contemporary society, notoriously remote and disbelieving from the Judicial branch in general, urgently and inescapably needs to rebuild trust in the ultimate guarantor of its rights and guarantees, in search of peace, harmony and security.
The Public Ministry of the Province of Buenos Aires is a faithful reflection of an organization convinced of the relevance of facing institutional decisions that are up to the current circumstances: A clearly defined Strategic Project and neatly controlled in its execution, and a Criminal Policy adjusted to reality and to the delicate missions entrusted by constitutional and legal mandate.
Vitalized judicial operators, in constant training, aware of their functional responsibility and their necessary leadership, are needed. They must be driven by the collective, inter and multidisciplinary work, supported by technological development and leading an enriching, close and coordinated task between employees, officials and magistrates. They must be the creators and witnesses of the occurrence of a true institutional and cultural transformation that projects long-awaited benefits in the emotional aspects of judicial operators and society as a whole, based on the essential postulates of Therapeutic Jurisprudence (TJ).


Keywords:


Transformation, justice, victims, technology.


I. Marco normativo y particularidades
II. Recomposición institucional. Proyectos estratégicos
III. MPBA Sociedad
IV. Conclusiones
Referencias
Notas

El Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires

Modelo de transformación institucional y cultural

Guillermo Anderlic*

I. Marco normativo y particularidades [arriba] 

El Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires (MPBA), República Argentina, está encabezado y bajo el gobierno del Procurador General, quien ejerce la superintendencia sobre todos sus miembros e integra al mismo tiempo la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires[1].

Este organismo, encargado de velar y defender el orden público y los intereses generales de la sociedad, está compuesto por tres áreas diferenciadas de gestión: el Ministerio Público Fiscal, el Ministerio Público de la Defensa (defensores civiles y penales) y el Ministerio Público Tutelar (asesores de menores e incapaces y curadores). Este ha sido el modelo de diseño que el poder constituyente de la provincia de Buenos Aires escogió libre y oportunamente y ratificó en la última reforma constitucional de 1994.

En la actualidad, la institución cuenta con, aproximadamente, ocho mil seiscientas personas (empleados, funcionarios y magistrados) y, por razones poblacionales, geográficas y económicas, forma parte del Poder Judicial de la provincia más importante del país; ese ámbito territorial tiene 15.625.084 habitantes[2], una superficie de 307.571 kilómetros cuadrados[3] y genera aproximadamente el 40 % del producto bruto interno.

La particular y compleja composición del MPBA exige una prudente y armoniosa coordinación de áreas con múltiples competencias específicas que requiere un proyecto estratégico común que debe tender, necesaria e indudablemente, al cumplimiento del propósito preambular, de rango constitucional -nacional y provincial- de “afianzar la justicia”. En palabras de la Corte Suprema de Justicia de la Nación: hacer justicia, misión específica de los magistrados, no importa otra cosa que la razonable determinación de lo justo en concreto y ello sólo se puede lograr sin prescindir de las consecuencias que naturalmente derivan de un fallo, toda vez que constituye uno de los índices más seguros para verificar la razonabilidad de la interpretación y su congruencia con el sistema en el que está engarzada la norma que el juez debe juzgar con equidad en los casos particulares sometidos a su decisión. Esto sólo se logra ejerciendo la virtud de la prudencia animada con vivo espíritu de justicia en la realización efectiva del derecho y en las situaciones reales que se presenten[4].

II. Recomposición institucional. Proyectos estratégicos [arriba] 

El MPBA viene transitando, desde hace más de un cuatrienio, un proceso de recomposición institucional, de apertura hacia la comunidad y de transparencia en la gestión: un MPBA “de puertas abiertas” guiado por el principio de la “unidad en la diversidad”. Este proceso impone restaurar la imagen y la confianza que en él han de depositar los ciudadanos e instituciones, en aras del bien común y de la paz social.

Como enseñara el noble maestro y magistrado Sanz:

[…] donde priva la fragmentación sobre la unidad […] el alambique del sofisma sobre el talento de la reflexión, se nos pide coraje para salir de esta trampa que nos pone en proceso de involución. Esta crisis no puede ser superada por ningún tipo de retorno de los que la modernidad agonizante ensayó a porfía, sino que se supera por vía de desbordamiento interno […], es decir, en el núcleo mismo de la crisis, asumiéndola en su totalidad, sin quedarse en ella, pero trascendiéndola desde adentro y hacia el fin, de donde es necesaria la dirección teleológica, salir hacia el horizonte, reivindicar las utopías […] en la acepción humana que da lugar a la esperanza” (Sanz, 2019, pp. 46-47).

Al respecto, vale destacar el dictado del Código de Ética del MPBA[5], vigente a partir del 31 de enero de 2019, para todos los miembros que lo componen. Se trata del ordenamiento y sistematización del conjunto de principios, deberes exigibles y prohibiciones -aplicables al desempeño funcional y a la conducta de aquellos- que emanan del saber práctico que configura la moralidad, que orienta la adquisición de hábitos que facilitan el actuar humano tendiente al bien y, en particular, a las virtudes cardinales. Todo ello debe darse en un marco de priorización de principios para salvaguardar la transparencia y la ética en el desempeño de la función que corresponde a cada una de las áreas de gestión del organismo y a la totalidad de sus agentes, bajo el presupuesto de que el rol de la ética profesional en el ámbito del MPBA constituye un imperativo especialmente relevante en el proceso de recomposición institucional. Así lo han reconocido el Código Iberoamericano de Ética Judicial y el Estatuto del Juez Iberoamericano, aprobado en la Declaración de Canarias de 2001 que, entre otros, sirvieron de antecedentes al nuevo cuerpo normativo. El Código de Ética del MPBA reúne algunas de las más relevantes exigencias de la ética pública general -que disciplina precisamente el obrar concreto de las personas en la gestión de la res publica, como manifestación del comportamiento que deben mostrar quienes actúan dentro de los poderes públicos- y de la ética judicial en particular, con el objetivo de avanzar hacia la excelencia en la prestación del servicio de justicia. En el Capítulo II del Código se reúnen algunos de los principios morales que rigen la actuación de los miembros del MPBA, entre ellos, los de integración, objetividad, independencia, imparcialidad, justicia y equidad, responsabilidad institucional, coherencia y compromiso, solidaridad, igualdad, no arbitrariedad, prudencia, dignidad e integridad, transparencia, honestidad, y fortaleza.

A continuación, el Capítulo III agrupa algunos de los deberes éticos que fijan estándares de cumplimiento para todos los agentes del organismo: buena fe, diligencia, cortesía, dedicación, probidad, austeridad, discreción, profesionalismo, protección y conservación de la propiedad del Estado, reserva, ejercicio de la función libre de influencias ajenas así como de conflictos de intereses e incompatibilidades, protección de los expedientes e información en soporte digital y presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, anteriormente regida por una normativa anacrónica dictada a principios de 1980 y desajustada de las exigencias y de los principios que informan y rigen la materia[6]

Bajo estas pautas y perspectivas, en el MPBA se han fijado cinco proyectos estratégicos como ejes prioritarios de gestión: el MPBA Sociedad, el MPBA 2050[7], la Policía Judicial[8], el Centro de Información Jurídica (CIJur)[9] y el MPBA Infraestructura[10]. Se analizará, sin intención de exhaustividad, solamente el primero de los proyectos identificados, por las vinculaciones e implicaciones que podemos encontrar, de forma más notoria, con los principales postulados de la TJ.

III. MPBA Sociedad [arriba] 

Este proyecto estratégico es una iniciativa inspirada en el rol del organismo, orientado al afianzamiento de las mejores condiciones de vida de los integrantes de la sociedad, con especial énfasis en la tutela del principio de la dignidad humana. Se trata, en definitiva, de un proyecto central del MPBA que tiene por objeto concretar un modelo de organismo que responda a su equilibrada misión constitucional, no acotada exclusivamente a la persecución penal sino, también, articulada en la política pública en su conjunto, con eje en una concepción amplia de los derechos humanos y en el principio de unidad del Estado.

III.1 Escuelas

El proyecto se vincula, en una de sus dimensiones, con el proceso de apertura hacia la comunidad a través de la presencia institucional en las escuelas secundarias de la provincia de Buenos Aires, con el objeto principal de coordinar acciones e iniciativas tendientes a proponer a la sociedad una noción amplia del concepto de Justicia como valor fundamental en la construcción de una sociedad enfocada al bien común y la realización de diversas acciones tendientes a aprovechar y potenciar distintos recursos educativos del Estado relativos a la formación ciudadana y a la educación en los valores éticos, democráticos y republicanos de libertad, paz, solidaridad, igualdad, justicia y responsabilidad.

En este marco, el MPBA se comprometió, mediante la suscripción de los convenios respectivos, a que magistrados y funcionarios de las tres áreas de gestión, designados por los Fiscales Generales y Defensores Generales departamentales, concurran simultáneamente, en el espacio curricular de la materia “Construcción de Ciudadanía” de las escuelas secundarias escogidas por la autoridad educativa provincial (Dirección General de Cultura y Educación) con el fin de informar misiones y funciones específicas, de focalizar en el modo de efectuar una denuncia (especialmente a través de la App “Mi Seguridad”, desarrollada por el Ministerio de Seguridad provincial)[11] y de concienciar y prevenir hechos relacionados con la violencia de género y en los que, generalmente, resultan víctimas menores de edad, como el delito de grooming.

En estas actividades, además, se proyecta material audiovisual disponible en el micrositio institucional del MPBA[12] y se responde a preguntas anónimas tanto de los alumnos como del personal docente y directivo, a quienes se les entregan folletos explicativos y completan formularios de encuestas, también anónimos, con la finalidad de conocer el grado de satisfacción de las exposiciones y de recoger cualquier sugerencia que conlleve una posible mejora futura. Durante 2019 se ha incorporado -con el mismo esquema conceptual de las visitas a escuelas secundarias públicas- la realización de visitas institucionales a escuelas secundarias de gestión privada en el ámbito provincial.

III.2 Centros Integrales de Justicia

Con respecto a la presencia del MPBA en barrios con población en situación de vulnerabilidad, fueron inaugurados en octubre de 2019 los Centros Integrales de Justicia (CIJ) en los siguientes barrios: Costa Esperanza (San Martín), Libertad (Almirante Brown), Itatí (Quilmes) y Carlos Gardel (Morón). Los CIJ, creados a partir del Convenio Marco suscrito el 25 de julio de 2018 entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y el Organismo Provincial de Integración Social y Urbana (OPISU), están conformados por una amplia y moderna infraestructura edilicia que permite atender las demandas de diversa naturaleza, haciendo posible un mayor acceso a la Justicia de los ciudadanos[13].

En estos ámbitos, magistrados y funcionarios del MPBA comunican y conciencian a los vecinos sobre sus derechos y la forma de ejercerlos correctamente -ya sea en el ámbito judicial o extrajudicial- en toda cuestión que pudiera implicar las competencias de las tres áreas de gestión del organismo, con la posibilidad de iniciar las actuaciones correspondientes.

Vale recordar que este proyecto tuvo origen en el Convenio Marco de Coordinación firmado el 2 de febrero de 2018 entre el MPBA y la Provincia de Buenos Aires[14], con el compromiso de coordinar y colaborar en la remoción de obstáculos en los canales de ingreso al sistema judicial, particularmente para los sectores en situación de mayor vulnerabilidad, con el objetivo de concretar el acceso a la justicia y la tutela judicial continua y efectiva.

III.3 Víctimas

Durante el año 2019 se ha profundizado en las acciones encaminadas a la protección y acompañamiento de la víctima como vértice de la pirámide bajo resguardo, objetivo institucional predominante (Conte-Grand, 2019).

Uno de los avances significativos fue el diseño e implementación del Mapa Interactivo de Acompañamiento a las Víctimas (MIAV)[15], presentado en la Jornada Internacional del 22 de agosto de 2018 denominada “Fortaleciendo estrategias para la asistencia a la víctima”[16]. Mediante esta plataforma se indican ubicaciones y referentes de los principales organismos (municipales, provinciales y nacionales) competentes en la materia: Oficinas de Género municipales receptoras de derivaciones de la línea telefónica 144 -atención a las víctimas de violencia de género-, las Comisarías de la Mujer, los Servicios Locales y Zonales -dependientes del entonces Ministerio de Desarrollo Social provincial, hoy Ministerio de Desarrollo de la Comunidad-, los Centros de Asistencia a las Víctimas del MPBA, los Centros de Asistencia a Víctimas y Acceso a la Justicia (dependientes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires), los Centros de Acceso a la Justica (en la órbita del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación), las Jefaturas Regionales de la Dirección General de Cultura y Educación, los Centros del Ministerio de Salud provincial, las Asesorías de Menores e Incapaces y las Casas de Justicia del MPBA. Se accede a la información discriminada por los 19 departamentos judiciales de la provincia de Buenos Aires, o por elección de uno o más organismos en particular. También se indican detalladamente las distancias y medios de transporte disponibles desde la ubicación asignada.

En procura de la continua mejora, actualización y fortalecimiento de las herramientas, en marzo de 2019 se ha incorporado al MIAV una breve encuesta, cuyo fin es el de relevar información atinente a los usuarios, conocer su grado de satisfacción y cualquier sugerencia que consideren oportuna para optimizar el uso de la aplicación. Los resultados de la encuesta son altamente satisfactorios: el 89 % de las personas afirmó que recomendaría el uso del MIAV y el 67 % manifestó haber encontrado fácilmente la oficina o centro que buscaba.

Además, fueron incluidos links a los sitios web institucionales, con el objeto de que la población acceda de manera ágil y directa a la información relevante de los organismos públicos que conforman la red, a través de un lenguaje claro y sencillo que facilite la interacción con la comunidad. Con ello, además de promover la transparencia y el acceso a la información, se incrementa indudablemente la participación y colaboración ciudadana, procurando la mejora de la prestación del servicio de justicia.

A la fecha[17], el MIAV cuenta con 59.542 visitas, lo que demuestra la utilidad de la herramienta para la comunidad en general y para los operadores del sistema.

III.4 Tecnología

Es importante resaltar la incorporación del Asistente Virtual del MPBA, primer chatbot del Poder Judicial a nivel nacional, que forma parte del proyecto de omnicanalidad que se enmarca en el programa de transformación digital del organismo. Su objetivo es acercar la justicia al ciudadano mediante la creación de un nuevo canal de atención que está abierto en todo momento y que se integra con otros canales para generar una experiencia judicial estandarizada (Friedman, 2018). La persona interesada puede, por este medio, consultar en cualquier momento en qué oficina formular una denuncia penal, presentar una denuncia online -mediante la App “Mi Seguridad”-, averiguar qué documentación necesita para iniciar un proceso civil, requerir asesoramiento jurídico gratuito por violencia familiar y conocer cuáles son sus derechos y garantías, entre otros servicios.

El software ha sido desarrollado por el MPBA sobre la base de dos herramientas primordiales: un QnA Maker, que permite crear una capa de conversación de preguntas y respuestas, y, por otra parte, un servicio cognitivo destinado al procesamiento del lenguaje natural basado en Machine Learning (Ross, 2016).

Estos avances tecnológicos se enmarcan en un hecho relevante en materia de gobierno electrónico del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, que tuvo lugar en octubre de 2020, con la integración de los sistemas informáticos de gestión (AUGUSTA y SIMP) que funcionan en las órbitas de los órganos de Administración de Justicia (juzgados y tribunales) y del MPBA, respectivamente. A través de esta arquitectura de interfaces de programación es posible intercambiar datos (Web Services). Asimismo, la aplicación de las tecnologías de la información y comunicación (TICs) en el proceso judicial permite la generación de los circuitos de comunicación necesarios para asegurar la consulta recíproca de la información existente en ambos sistemas y facilitar el trabajo de los operadores judiciales, con el fin de contribuir a la misión de garantizar una tutela judicial continua y efectiva[18].

IV. Conclusiones [arriba] 

La progresiva y planificada implementación de estas medidas, reflejada parcial y sintéticamente en este artículo, fortalece y acrecienta la confianza que la comunidad ha de depositar en los representantes del MPBA.

Este organismo, de notable trascendencia para la institucionalidad y la vida republicana, se encuentra en una activa y constante senda de apertura y acercamiento a la población en general, con especial priorización de la población en contextos de vulnerabilidad.

Se dispusieron, a partir del enriquecedor trabajo interdisciplinario y multidisciplinario, procesos de transparencia y mejora continua de acceso a la información pública[19], al mismo tiempo que se incorporaron herramientas digitales aptas, entre otros beneficios, para lograr mayor eficacia, eficiencia y conocer la experiencia y el grado de satisfacción del usuario del servicio de justicia. Todo ello se acompaña de un ambicioso proceso de capacitación permanente y ajustado a las particularidades de cada área de gestión. Este requiere, por parte de los operadores, una sincera toma de conciencia y reflexión acerca de la responsabilidad y el valor de la tarea y misión ejercidas, una reafirmación de su compromiso como servidores públicos[20] prestos a encarar los desafíos constantes a los que nos enfrenta lo que algunos pensadores denominan “Cuarta Revolución Industrial”; son actores siempre llamados a redescubrir su verdadera vocación de ser artesanos de “nuevos vinos” (Wexler, 2014), impregnados de un buen aroma distintivo y dispersivo.

Indudablemente, estos avances del MPBA repercuten en la vida diaria de la sociedad, en su bienestar emocional y psicológico, especialmente en las materias vinculadas a la protección y acompañamiento de las víctimas, a través del abordaje integral realizado por sus tres áreas de gestión, junto a las articulaciones necesarias con las esferas gubernativas de los restantes poderes estatales.

Estas medidas y acciones de un organismo en constantes esfuerzos por avanzar en la proactividad y el dinamismo, a partir de una visión estratégica que promociona y permite una transformación terapéutica de la sociedad en su conjunto y de los propios especialistas judiciales, se encaminan hacia un proceso renovador y fructífero que se proyecta en disposiciones internas y en acciones concretas adoptadas en cada ámbito de actuación funcionarial, conceptos y propósitos que concuerdan claramente con los postulados esenciales instalados por la TJ (Wexler, Fariña y Oyhamburu, 2020).

Referencias [arriba] 

Conte-Grand, J. M. (Dir.) (2019). Unidad en la Diversidad - Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires. Buenos Aires, Argentina: IJ Editores.

Friedman, T. L. (2018). Gracias por llegar tarde. Bilbao, España: Ediciones Deusto.

Obama, B. (2020). Una tierra prometida. Buenos Aires, Argentina: Debate.

Ross, A. (2016). The Industries of the Future. New York, Estados Unidos de Norteamérica: Simon & Schuster.

Sanz, C. R. (2019). Lecciones de Filosofía del Derecho. Buenos Aires, Argentina: El Derecho.

Wexler, D. B. (2014). Nuevo vino en nuevas botellas: la necesidad de diseñar un “código” de procesos y prácticas penales desde la perspectiva de la Justicia Terapéutica. En D. B. Wexler, F. Fariña, L.A. Morales, y S.P. Colín (Eds.). Justicia Terapéutica: experiencias y aplicaciones. México D.F., México: Instituto Nacional de Ciencias Penales.

Wexler, David B., Fariña, Francisca y Oyhamburu, María Silvia (2020). Prólogo. Revista Iberoamericana de Justicia Terapéutica, 1.

 

 

Notas [arriba] 

*Prosecretario Letrado de la Procuración General de la Nación, República Argentina
Doctorando en Ciencias Jurídicas en la Pontificia Universidad Católica Argentina Santa María de los Buenos Aires
Correspondencia: guille.anderlic2017@gmail.com

Recibido: 08-04-2021 Aceptado: 15-06-2021

[1] Constitución de la Provincia de Buenos Aires, República Argentina, arts. 176, 189 y concordantes. Ley provincial N° 14.442, arts. 1°, 2°, 20 y concordantes. Disponibles en www.normas.gba.gob.ar.
[2] Censo 2010, Instituto Nacional de Estadística y Censo (INDEC). Por decreto nacional 726/2020 se dispuso que el INDEC contará con sesenta (60) días posteriores a la finalización de la emergencia pública en materia sanitaria, con la conformidad expresa de la Jefatura de Gabinete de Ministros, para determinar la fecha del operativo censal correspondiente al Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas, Ronda 2020. Disponible en www.indec.gob.ar.
[3] Instituto Geográfico Nacional, www.ign.gob.ar.
[4] Fallos: 304:1139; 305:1163, www.csjn.gov.ar.
[5] Aprobado por Resolución PG 32/2019, www.cijur.gov.ar.
[6] Acuerdo de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires 1983, www.scba.gov.ar.
[7] Creado por Resolución PG 353/2018. El programa consiste en un proyecto estratégico orientado a la mejora continua e innovación institucional del MPBA, a través de la aplicación de tecnología al cumplimiento de los objetivos institucionales y orgánicos, involucrando a todas sus dependencias en forma transversal, concentrada y coordinada en función de criterios de optimización en el uso de los recursos y la planificación y maximización de resultados. Desde el punto de vista del funcionamiento, consiste básicamente en practicar un proceso cíclico, enfocado en la mejora constante del servicio de justicia, que se inserta en todos los niveles de la institución para lograr la excelencia en los procesos y circuitos del MPBA, atendiendo a los reclamos de la sociedad e invirtiendo, con eficiencia y eficacia, tiempo y recursos en el desarrollo y adquisición de nuevas tecnologías e innovaciones. Disponible en www.cijur.mpba.gov.ar.
[8] Constitución de la Provincia de Buenos Aires, República Argentina, art. 166. Leyes provinciales N° 15.005 y N° 15.023. Disponibles en www.normas.gba.gob.ar.
[9] Es una plataforma digital desarrollada por el MPBA y lanzada en diciembre de 2018 que contiene información jurídica e institucional. En este espacio digital se presentan las novedades más relevantes de los 19 departamentos judiciales de la provincia de Buenos Aires en virtud de los procesos en los que intervienen fiscales, defensores y asesores del MPBA. El CIJur posibilita una comunicación auténtica y fidedigna entre el MPBA y la sociedad. También contiene un buscador abierto al público de los dictámenes y resoluciones que dicta el organismo, lo cual supone el debido cumplimiento de las metas de transparencia propias de todo Estado republicano. Las aludidas fuentes jurídicas se completan con otras noticias de interés en materia convencional, constitucional, legal, académica y doctrinaria, vinculadas con el orden local, internacional, federal, provincial de otras jurisdicciones y municipal en general. Disponible en www.cijur.mpba.gov.ar.
[10] Resoluciones PG 14/2017, 868/2019 y 199/2021. Disponibles en www.cijur.gov.ar.
[11] https://seguridad.gba.gob.ar.
[12] https://ec.mpba.gov.ar.
[13] https://www.mpba.gov.ar/novedad/1087.
[14] Aprobado por decreto de la Provincia de Buenos Aires 1098/2018. Disponible en www.cijur.gov.ar.
[15] https://www.mpba.gov.ar/miav.
[16] https://www.mpba.gov.ar/novedad/834.
[17] 6 de agosto de 2021.
[18] Acuerdo de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires (SCBA) 3971, Resoluciones SCBA 1015/20 y PG 631/20. Se pusieron a disposición de los órganos judiciales de los fueros penal y de la responsabilidad penal juvenil, de las jurisdicciones Administración de Justicia y MPBA, a partir del 13 de octubre de 2020, los aplicativos que posibilitan el acceso recíproco a la consulta entre los sistemas de gestión AUGUSTA y SIMP, con el fin de que los usuarios puedan acceder a los trámites públicos y firmados realizados en una misma causa judicial en la otra jurisdicción. Los usuarios evitan la duplicación de carga y pueden consultar la tramitación completa del proceso en una única plataforma, cumpliendo con las funciones atribuidas a los funcionarios de ambos organismos, sin desatender los límites impuestos legalmente respecto de los derechos de los justiciables. Disponibles en www.scba.gov.ar y www.cijur.gov.ar.
[19] La CIDH, en relación al art. 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos −derecho de las personas a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, complementado con una correlativa obligación positiva del Estado de suministrarla− ha sostenido que media una obligación del Estado de suministrar información de oficio, conocida como “obligación de transparencia activa”, que le impone el deber de suministrar la información que resulte necesaria para que las personas puedan ejercer otros derechos (caso “I.V. vs. Bolivia”, sentencia del 30 de noviembre de 2016, párr. 156).
[20] Obama, Barack (2020). Una tierra prometida, Buenos Aires, Argentina, Debate, p. 192. En el Muro de los Lamentos, Jerusalén, el entonces senador y presidenciable Obama cuenta que apoyó la mano en la suave piedra caliza y depositó un trozo de papel que decía: “Señor, protégenos a mi familia y a mí […] ayúdame a mantenerme a salvo del orgullo y el desánimo. Dame la sabiduría necesaria para hacer lo que es correcto y justo. Conviérteme en un instrumento de tu voluntad”.