JURÍDICO ARGENTINA
Doctrina
Título:La regulación jurídica del uso del “drone”
Autor:Bellocchio, Lucía
País:
Argentina
Publicación:Diario DPI - Suplementos - Derecho y Tecnología
Fecha:21-10-2018 Cita:IJ-DXLI-408
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La regulación jurídica del uso del “drone”

Lucía Bellocchio

En los últimos tiempos, el derecho a la intimidad, a la imagen y a la protección de datos personales se encuentra en jaque producto de la incorporación de los avances tecnológicos.

En relación a ello, en esta oportunidad nos proponemos realizar un repaso normativo de la regulación jurídica y las implicancias que tiene el uso de este nuevo “protagonista”, aunque antiguo[1]: EL DRONE o VANT (vehículo aéreo no tripulado)que puede incluir desde un avión a control remoto hasta un avión militar de ataque y en el cual se destacan como funciones la toma de imágenes, grabación de videos y transporte de elementos.

Tal es la magnitud de sus implicancias, que el Estado ha comenzado a regular la cuestión. Ello en tanto su implementación ha provocado lesiones a terceros ajenos a su utilización, ha captado imágenes de personas sin que se hayan dado cuenta, ha receptado datos personales sin su consentimiento, ha ingresado a propiedades privadas sin previa autorización, entre muchas otras conductas que han provocado disconformidad por parte de los afectados.

Por ello, su incorporación a la vida cotidiana y posterior implementación no ha pasado desapercibido por la doctrina que muestra preocupación por la vulneración de derechos y exige un marco legal.

En la doctrina[2] se ha plasmado esta preocupación por la vulneración de los derechos y se ha comenzado a exigir un marco legal que los regule.

El Estado, a través de sus distintos órganos, no ha quedado exento de dicho tema y ha comenzado a legislar su implementación, pues así lo ha hecho, mediante las siguientes normas con las que contamos actualmente:

Resolución N° 41/2015 de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC):

Declaró abierto el Procedimiento de Elaboración Participativa de Normas respecto del Proyecto de Reglamento Provisional de los Vehículos Aéreos No Tripulados (drones);

Dispuso que será el ANAC la autoridad competente para regular y fiscalizar las actividades que desempeñen los drones;

Exige que drones piloteados a distancia deben contar con una placa de identificación inalterable.

Disposición 20/2015 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Aprobó las Condiciones de Licitud para la Recolección de Datos Personales a través de VANTs o drones.

Dicha recolección de datos personales es lícita en la medida que se realice con el consentimiento del titular del dato;

Dispone que los medios técnicos previstos para la recolección deberán ser proporcionados, pertinentes y no excesivos respecto de la finalidad que motiva dicha recolección, verificando que no afecten el derecho a la intimidad del titular del dato;

Establece la obligación de inscribirse en el Registro Nacional de Bases de Datos;

Cuando tengan por finalidad la realización de estudios científicos exige aplicar sobre dichos datos personales, una técnica de disociación definitiva, de modo que no permita identificar a persona alguna mediante su tratamiento.

Aclara que no se aplicarán las disposiciones de la presente reglamentación cuando se utilicen drones con fines exclusivamente recreativos y sin la finalidad de capturar datos personales de terceros.

Teniendo en cuenta que éstos avanzan a pasos agigantados, generando ciertos conflictos entre derechos, las citadas normas no son suficientes para regular el día a día de los drones ni para resolver los problemas que acarrea su uso.

Por lo pronto, debemos entonces bregar por una normativa más integral de éstos dispositivos pues sino serán los jueces, quienes a través de sus precedentes, delimiten su regulación.

 

 

Notas

[1] El primer ejemplar ha sido utilizado luego de la Primera Guerra Mundial.
[2] VANINETTI, Hugo A., “Los drones y el derecho a la intimidad e imagen”, Publicado en: ADLA 2015-18 , 3 ; VANINETTI, Hugo A., “Drones: Necesidad de un marco legal”, Publicado en: Sup. Act. 12/05/2015, 1 LA LEY 12/05/2015; VASSALLO, Carlos M., “Aeronaves sin Piloto (Drones)”, Publicado en: LA LEY 24/10/2014 , 1 LA LEY 2014-F , 682; GONZÀLEZ ALLONCA, Juan C., y GANDOLLA, Luciano, “Drones: desafíos en materia de privacidad y protección de datos personales”, El Dial, 12/11/2014.



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