JURÍDICO ARGENTINA
Legislación
Título:Adhesión de la Provincia de Catamarca a la Ley Nacional N° 27.118 - Agricultura Familiar, Campesina e Indígena
Jurisdicción:Provincia de Catamarca Emisor:Poder Legislativo
Tipo de Norma:Ley Fecha de Sanción:14-07-2016
Número de Norma:5474 Publicación B.O.:07-10-2016
Índice Relacionados
Artículo 1
Artículo 2
Artículo 3
Artículo 4
Ley N° 5.474




Artículo 1 [arriba] .- ADHESION: Adhiere la provincia de Catamarca a los términos de la Ley Nacional N° 27.118, que declara de interés público la agricultura familiar, campesina y de pueblos originarios por su contribución a la seguridad y soberanía alimentaria del pueblo, por practicar y promover sistemas de vida y de producción que preservan la biodiversidad y procesos sostenibles de transformación productiva.


Artículo 2 [arriba] .- COMPETENCIA: El Ministerio de Producción y Desarrollo de la provincia de Catamarca, a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Agroindustria será la autoridad de aplicación responsable de regular y controlar las acciones que surjan por inspiración de esta Ley.


Artículo 3 [arriba] .- RECURSOS: Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial a obtener los fondos necesarios, sea del presupuesto Provincial, como de los créditos y convenios eventualmente disponibles de la Administración Pública Nacional, con el objeto de garantizar la competencia que se asume por la presente.


Artículo 4 [arriba] .- De Forma.


Augusto C. Ojeda - Marcelo D. Rivera