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Decreto Nº 1232/2015
Artículo 1 [arriba] .- Prorróganse por Tres (3) meses calendario a partir del 1 de julio de 2015 los plazos previstos en la Ley N° 26.860.
Artículo 2 [arriba] .- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Cristina Fernandez de Kirchner - Aníbal D. Fernández - Axel Kicillof
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