El presente trabajo parte del análisis del contexto de proscripción del peronismo durante el período de la Revolución Libertadora. Pretendemos evidenciar la existencia de prácticas estatales de persecución y detención hacia las mujeres peronistas. Afirmamos que durante este primer período marcadamente anti-peronista el gobierno de facto comienza a observar a las mujeres vinculadas al peronismo como sujetos amenazantes en el escenario nacional. Problematizamos sobre las prácticas de reclusión por parte del Estado de mujeres en unidades carcelarias de la Provincia de Buenos Aires durante los años de la Libertadora, tanto militantes de base como ex legisladoras del régimen depuesto.
Las fuentes documentales utilizadas corresponden a los archivos penales del Archivo Histórico y Museo del Servicio Penitenciario Bonaerense. Se indagaron las fichas criminológicas de mujeres detenidas bajo delitos que evidencian que el encarcelamiento ha sido por motivos políticos. Este estudio es fruto de un primer acercamiento a dicho fondo documental.
The historical background of this article is the peronism proscription during the years of the self-proclaimed Revolución Libertadora. We intend to visualize the he role of militant women in that political juncture and highlight the existence of State practices related to the persecution and imprisonment of those women. We state that this first anti-peronist government started to distinguish women linked to the peronist regime as politically threatening. Consequently, this investigation problematizes about the state actions related to the detention of peronist women in prison units of Buenos Aires Province during the years of the Revolución Libertadora.
The documentary sources used belong to the criminal files of the Archivo Histórico y Museo del Servicio Penitenciario Bonaerense. There we selected the sources referred to female peronist prisoners for political reasons. Then his research is the result of a first analysis of these sources.
El presente trabajo parte del análisis del contexto de proscripción del peronismo durante el período de la denominada Revolución Libertadora, que se extendió desde el 16 de septiembre de 1955 hasta el 1 de mayo de 1958. El movimiento cívico-militar que destronó al peronismo contaba con una amplia base de apoyo de los sectores de la sociedad que habían rivalizado con el peronismo, por lo cual el golpe de Estado de septiembre fue celebrado por una amplia porción de la sociedad civil argentina. Todos estaban de acuerdo en el desprecio hacia los valores que proponía Juan Domingo Perón en su modelo de sociedad. No obstante, no era tarea sencilla lograr la creación de un movimiento antiperonista homogéneo. Esta heterogeneidad fue un obstáculo que no pudo ser resuelto por la Revolución Libertadora.
La Revolución Libertadora, entonces, estaba constituida por un heterogéneo conglomerado de sectores de la sociedad argentina opositores al peronismo. Sin embargo, pese a sus diferencias, estos grupos estaban de acuerdo en la urgente necesidad de “desperonizar” al país. Como lo afirman varios autores, el período en cuestión fue escenario de una cada vez más aguda y violenta política de aniquilamiento de la ideología peronista. No obstante y en contradicción con las expectativas del gobierno, estas medidas funcionaron como un factor aglutinante y produjeron el surgimiento de una resistencia peronista. En este sentido, la resistencia fue tomando forma y resignificando la identidad peronista en este nuevo contexto de proscripción. En estos primeros años, la resistencia peronista se caracterizó por la falta de organización, predominando las acciones espontáneas, que se fueron complejizando poco a poco, a medida que el objetivo de las mismas comenzaba a clarificarse en dirección a la supresión de lo que se consideraba el enemigo[1].
Estos casi tres años en los que gobernó la Libertadora estuvieron signados por el objetivo de suprimir todo rastro de sentimientos afines al peronismo en el país. Como explica María Estela Spinelli, los gobiernos de facto suponían realizable dicho objetivo mediante la re-educación de los militantes peronistas y de las personas afines a las ideas de este partido, y en un contexto de proscripción[2]. En este escenario, con la caída del peronismo en 1955 comenzó, en la historia Argentina, a una etapa de persecución y proscripción de esta fuerza política por parte de los sucesivos gobiernos, la cual incluyó el uso de las instituciones de encierro y castigo penal preexistentes. Pese a la escasa cantidad de investigaciones en cuanto a la detención y encarcelamiento de la oposición peronista en estos años, sabemos que en la provincia de Buenos Aires las cárceles fueron utilizadas para neutralizar la militancia disidente y silenciar las críticas al gobierno cívico-militar que tomó el poder[3]. Hombres y mujeres declarados (o señalados como) peronistas, fueron encarcelados y mantenidos en reclusión por diversos periodos de tiempo.
En esta coyuntura de clandestinidad, siguiendo los análisis de Daniel James[4], el partido peronista se encontraba en una nueva etapa de resignificación de su propia identidad. En este sentido, donde la dinámica de participación de los diferentes sujetos históricos debió reconfigurarse a través de la nueva situación de persecución subyacente, encontramos que existen escasos estudios sobre el papel desempeñado por las mujeres en la resistencia peronista.
Ahora bien, sabemos que los estudios sobre la mujer realizados en Argentina desde la historia corresponden a los últimos treinta años[5]. Es decir, hasta ese momento la historiografía argentina en general había desestimado el rol de las mujeres como sujetos activos en la historia. Los estudios enfocados a la condición femenina comienzan a abrirse paso tímidamente luego del retorno a la democracia, ampliándose en número y profundidad desde los años noventa.
En este contexto de desarrollo de una historiografía que problematice el rol de la mujer, varios autores han realizado diversos análisis y reinterpretaciones del período peronista en clave de género. De este modo, contamos hoy con una vasta cantidad de artículos que han logrado una rescritura de los años del peronismo en el poder teniendo en cuenta la influencia y participación femenina. Mencionar los principales aportes de tales investigaciones resulta fundamental para la comprensión del período inmediatamente posterior aquí estudiado, ya que dichos trabajos arrojan luz sobre la relevancia que adquirió la mujer en el campo político desde el primer peronismo. En este sentido, es importante señalar la sanción de la ley 1013 del año 1947, por medio de la cual las mujeres adquirían por primeras vez el carácter de ciudadanas plenas. Esta ley no solo habilitó el sufragio femenino sino que su relevancia radica también en que posibilitó el acceso de las mujeres a puestos políticos en el gobierno. En la misma línea, Barry demuestra cómo las mujeres se convirtieron durante el peronismo en sujeto político diferenciado y con una estructura propia desde donde desplegar sus acciones[6]. Así, con la formación del Partido Peronista Femenino, las mujeres comenzaron a abrirse paso en la arena política mediante vías de acción que ahora le eran propias. En lo relacionado a las prácticas de militancia, existen estudios que confirman la participación femenina en estructuras mixtas con anterioridad a la creación del Partido Peronista Femenino, resaltando la importancia de las mujeres en las organizaciones barriales a través de las unidades básicas[7].
Sin embargo, encontramos que el período inmediatamente posterior al golpe de Estado de septiembre de 1955 cuenta con grandes ausencias en lo que respecta a la historiografía acerca de la mujer.
En este sentido, en el contexto del período estudiado, encontramos escasas investigaciones sobre la temática femenina. No obstante, podemos mencionar algunos trabajos que han abordado problemáticas específicas sobre dicha temática pero dentro de un estudio temporal más amplio. Por una parte, algunos trabajos han realizado un estudio de las diferentes normas y decretos relacionados a la mujer, aunque no siempre ajustando a los años de la Revolución Libertadora, sino que a veces comprenden períodos más largos[8]. También se han intentado realizar aproximaciones a la condición femenina desde un enfoque jurídico, como es el caso de Susana Novick[9].
Por otra parte, existen estudios, aunque escasos, que tienen por objetivo poner de manifiesto la importancia de las mujeres en la coyuntura de la resistencia peronista. Estos estudios son abordados desde el enfoque de su participación en la prensa[10]. A partir de los artículos donde se analiza el rol de las directoras de dos periódicos de la Resistencia, se logra arribar a algunas conclusiones sobre las mujeres en el período estudiado. Estos análisis proponen un cambio en cuanto a la organización del movimiento peronista con respecto al período anterior a la proscripción; dentro de este cambio, las mujeres van a adoptar puestos importantes dentro de la organización y la militancia, a la vez que los grupos peronistas adquirirán un carácter mixto, del cual carecían en su mayoría en el período del peronismo en el poder. En estos estudios también queda revelada la situación de persecución y encarcelamiento que sufren muchas mujeres de la resistencia, apoyándose en la evidencia de las historias de vida de las directoras de los periódicos peronistas.
Por último, existen también algunas biografías sobre mujeres que se han desempeñado en la resistencia peronista. Dichas biografías expresan experiencias de vida y opiniones que pueden funcionar como ejemplos sobre la participación política de las mujeres durante la resistencia así como también sobre su persecución política[11].
En este marco, pareciera que aún no se han estudiado los procesos de detención y encarcelamiento de las mujeres por parte del gobierno de facto, a pesar de que algunos trabajos recientes y biografías han evidenciado la relevancia del papel de la militancia femenina dentro de la organización de la Resistencia en estos primeros años[12]. Estas investigaciones han puesto en evidencia el encarcelamiento por parte de la Revolución Libertadora de las figuras femeninas con mayor protagonismo durante el gobierno peronista, ya sea por su militancia o por su desempeño en cargos de gobierno[13]. Desde una perspectiva de género, Centurión ha trabajado sobre la experiencia de la militancia femenina en los años de la Resistencia Peronista, enfatizando en el simbolismo de Eva Perón y la repercusión de su imagen en las acciones de las militantes[14].
En cuanto al marco jurídico correspondiente al período aquí tratado, la Revolución Libertadora desplegó una serie de herramientas legales concretas que apuntaban a su objetivo de desperonizar al país. Como primera medida, el 24 de noviembre de 1955 el gobierno de facto promulgó la ley 3.855, la cual disponía la disolución de los Partidos Peronista Masculino y Femenino en todo el territorio nacional. De esta manera, el peronismo permaneció en la ilegalidad hasta la conclusión de la Libertadora, promulgándose recién el 22 de mayo de 1958 la ley 14436, que declaraba la amnistía general en el país. En el mismo sentido, el 7 de octubre de 1955 Lonardi creó una comisión de investigaciones, cuyo objetivo era la búsqueda de irregularidades durante el gobierno peronista. En consonancia con estas medidas, la Revolución Libertadora también decretó el cambio de nombres de lugares públicos y calles relacionados al régimen depuesto, así como también la liquidación de la fundación Eva Perón. Ahora bien, si nos referimos a las acciones políticas implementadas por la Libertadora para la persecución y el encarcelamiento político, una de las medidas más significativa del gobierno de Aramburu fue el decreto 4161, que prohibía la utilización de elementos de afirmación de la ideología o de propaganda peronista. De esta manera, se declaraban ilegales ciertas palabras alusivas al peronismo, así como también la marcha peronista y los discursos del ex presidente. Para quienes infringieran dicho decreto, las penas se estimaban entre uno y seis meses de prisión. Como explicaremos más adelante, el decreto 4161 no fue la única herramienta legal para la detención, sino que también veremos que ingresaban a las cárceles mujeres peronistas con motivo de infracción a otros decretos o leyes.
En consecuencia, a lo planteado anteriormente, notamos que en los trabajos más importantes escritos sobre los primeros años de la resistencia peronista existen escasas investigaciones que problematicen sobre las formas de persecución y encarcelamiento del peronismo, desplegadas desde las instituciones del Estado durante el período de la Revolución Libertadora. Más aún, no se han planteado todavía pesquisas referidas al estudio de la detención de las mujeres peronistas. De la misma manera, en los estudios sobre la Resistencia Peronista varios autores evidenciaron y estudiaron la existencia de “importantes células clandestinas”[15] que se dedicaron a hacer frente al antiperonismo por medio de sabotajes, pinturas en lugares públicos, distribución de volantes, movilización en lugares de trabajo, entre los medios de acción más destacados; no obstante, en los ejemplos concretos, las mujeres brillan por su ausencia. En este trabajo nos encargaremos, justamente, de ejemplificar el escenario de la resistencia peronista mediante casos femeninos.
En este sentido, teniendo en cuenta la importancia que adquirió la mujer en el terreno político a partir del peronismo, esta investigación pretende visibilizar la existencia de prácticas estatales de persecución y detención por parte de la Revolución Libertadora hacia la mujer militante. Siguiendo este hilo, creemos que durante este primer período marcadamente anti-peronista el gobierno de facto comienza a observar a las mujeres, sobre todo a aquellas que desempañaron cargos políticos durante los años peronistas, como sujetos amenazantes en el escenario nacional. Sostenemos que el hecho de arrojar luz sobre este sujeto histórico posibilitará, en futuros trabajos, una reinterpretación del período en cuestión desde una perspectiva que tenga en cuenta el activo papel de la mujer en los primeros años de proscripción del peronismo. En concordancia con las ideas expuestas, la temática de este trabajo será el estudio de las prácticas de reclusión por parte del Estado de mujeres peronistas en unidades carcelarias durante los años de la Revolución Libertadora, tanto militantes de base activas durante los años de proscripción como ex legisladoras del régimen depuesto.
Para realizar esta primera aproximación a la temática propuesta, las fuentes documentales utilizadas corresponden a los archivos penales del Archivo Histórico y Museo del Servicio Penitenciario Bonaerense. Allí, hemos indagado las fichas criminológicas de mujeres detenidas bajo delitos que evidencian que el encarcelamiento ha sido por motivos de carácter político. Este estudio es fruto, entonces, de un primer acercamiento a dicho fondo documental.
El breve período lonardista: el comienzo de un peronismo desde la resistencia y las cárceles aún vacías [arriba]
El golpe de Estado del 16 de septiembre de 1955 paralizó en sus momentos iniciales a las bases obreras, reacción que se entiende también por el efecto sorpresa y la sensación de despertar dentro de un sueño fantasmal. No obstante, esta primer experiencia de “incredulidad estupefacta” que vivenciaron las bases peronistas fue seguida por un comportamiento instintivo y espontáneo de sublevaciones no planificadas ni coordinadas por parte de los mismos trabajadores[16]. Se trataron de manifestaciones pequeñas, e incluso individuales, y de nivel muy localizado, ya que el movimiento peronista se encontraba acéfalo tras la renuncia de Perón. El clima general de confusión también atravesaba a los dirigentes de la CGT, presionados tanto por los militares como por las bases que amenazaban con restarle legitimidad si cedían a los requerimientos de aquéllos. Esta situación provocó, que las manifestaciones de los obreros de planta no fuesen reguladas por la dirigencia sindical. En este contexto, “la ausencia de una dirección sindical y/o política, que estuviese dispuesta a enfrentar consecuentemente el alzamiento militar, hizo que la contienda asumiera (en los primeros meses) un carácter desorganizado, anárquico y -sobre todo- espontáneo”[17].
Pese a la actitud conciliadora de la política lonardista, en los últimos días de su breve gobierno se pusieron en evidencia las primeras manifestaciones de lo que se conoce hoy como la Resistencia Peronista. Es así que, en ese clima de relaciones desreguladas y de un movimiento peronista de base que sentía la urgencia por reaccionar, la resistencia dio sus primeros pasos: poco coordinados, resentidos hacia las autoridades de turno por el exilio de su líder, sin un plan de acción a seguir.
En estas primeras huelgas y manifestaciones de la segunda mitad del mes de octubre y la primera de noviembre, encontramos ya varios registros de hombres que habían sido detenidos, pero ninguno de mujeres encarceladas en las unidades penitenciarias de la Provincia de Buenos Aires. No obstante, sabemos que tanto las legisladoras como varias mujeres destacadas del Partido Peronista Femenino fueron encarceladas en la Capital Federal[18]. Como analizaremos más adelante, gran parte de estas mujeres fueron liberadas a los pocos meses, mientras que otras accedieron a la libertad en 1958, de la mano de la amnistía del gobierno peronista. Por otra parte, aunque no poseemos fuentes documentales que constaten si existieron detenciones de militantes peronistas en dependencias policiales, sí podemos afirmar que no existen registros de mujeres llevadas a las cárceles bonaerenses durante el período de Lonardi. Creemos que esto se debió en parte a que la legislación que se adoptó hacia el peronismo y hacia sus militantes estaba, en consonancia con el clima coyuntural planteado, aún sin especificar y en un estado embrionario. Del mismo modo, esta situación de ausencia de presas políticas peronistas llevadas a establecimientos carcelarios de la provincia pudo estar relacionada con la actitud conciliadora y los intentos de lograr una armonía social por parte del nombrado presidente de facto. Dicha actitud, llevó al gobierno a no tomar medidas tan extremas que avivasen aún más el descontento social. No obstante, el 15 de noviembre de 1955, a menos de dos meses de haber asumido la presidencia provisional, el general Lonardi se vio obligado a renunciar a su cargo de presidente de la nación. Con el fin de su gobierno, se ponía en evidencia el rotundo fracaso de la política conciliadora desde el gobierno hacia el peronismo proscripto. Bajo estas circunstancias, se proclamó presidente el general Pedro Eugenio Aramburu, representante del ala dura del antiperonismo.
Aramburu: se profundiza la persecución política, se empiezan a poblar las cárceles [arriba]
Quedando Lonardi alejado del poder, la presidencia fue asumida por el General Aramburu, quien llevó adelante una política que no contemplaba la aceptación de factores peronistas en la sociedad argentina; en consecuencia, dichos factores debían ser erradicados si se quería restablecer una verdadera democracia en el país. Adoptando esta línea dura y no conciliadora, es que la proscripción ahora sí afectó a los trabajadores en sus propios lugares de trabajo y en la organización sindical de los mismos. De esta manera, aquí empezaron a adquirir formas legales, materializadas en decretos o leyes, las ideas políticas y los objetivos principales que se iban escribiendo sobre la marcha de la Revolución Libertadora en su proyecto de país. Como lo explicita James, en abril de 1956 se aprobó el decreto 7107 que “excluía de cualquier actividad gremial a todos los que hubiesen tenido entre febrero de 1952 y setiembre de 1955 una posición de liderazgo en la CGT o sus sindicatos”[19]. Este decreto es solo un ejemplo de la puesta en acción de una extensa serie de decretos, algunos nuevos y otros no, destinados a perseguir al gran enemigo interno: el activista peronista. En este escenario, encontramos decenas de mujeres que fueron encarceladas por disposición del Poder Ejecutivo Nacional en el período de la Revolución Libertadora. Dichas mujeres fueron detenidas en circunstancias diferentes, bajo rótulos delictivos distintos, algunas individualmente, otras en forma grupal, pero todas compartían un denominador común: se identificaban con el peronismo.
La nueva situación que se planteaba no sólo en las fábricas, donde urgía por imponerse la lógica de trabajo basada en la productividad y en el consecuente recorte de beneficios a las trabajadoras y trabajadores, fue impulsada también por una sed de revanchismo antiperonista que veía en el reciente derrocamiento de Perón su oportunidad para actuar. Dentro de este contexto es que en los primeros meses de 1956 llegaron al país las directivas de Perón acerca de lo que debía ser el plan de acción que llevaría a cabo la resistencia peronista que estaba tomando forma. La consigna principal era la de mantener a los militantes en permanente estado de agitación social, por medio de “pequeñas acciones que desgastarían gradualmente al régimen y socavarían su voluntad de mantenerse en el poder”[20]. Ahora bien, estas “Instrucciones Generales para los dirigentes” enviadas por Perón tendrán un gran impacto sobre las mujeres militantes peronistas, lo cual queda evidenciado en las fichas criminológicas de las aproximadamente noventa mujeres que fueron llevadas a la cárcel por poner en acción las directivas del líder. James muestra ejemplos, todos masculinos, del accionar de militantes peronistas en diferentes localidades y fechas; del mismo modo, basándonos en los archivos penales del periodo estudiado, vemos también la participación de decenas de mujeres en estas mismas regiones y en episodios similares a los descritos por el autor. Encontramos, por ejemplo, a principios de 1957, el caso de dos mujeres empleadas en una fábrica textil localizada en Avellaneda que fueron llevadas a la cárcel tras ser acusadas de incendio en su lugar de trabajo.[21]
A modo de introducción, el cuadro núm. 1 muestra el número de mujeres que ingresaron y egresaron de unidades carcelarias de la Provincia de Buenos Aires durante la Revolución Libertadora; tal información está divida por años, con el objetivo de demostrar también la irregularidad en los encarcelamientos según el contexto. De este modo, a partir del cuadro estadístico podemos afirmar que existieron años en los que las cárceles se utilizaron con mayor asiduidad que otros para retener a las mujeres peronistas. En este sentido, realizando una lectura cronológica del cuadro vemos cómo en los primeros meses del gobierno de facto las detenciones son muy pocas, lo cual creemos que está directamente relacionado a lo explicado anteriormente sobre el período lonardista. Esto lo podemos afirmar constatando en las estadísticas que las detenciones del año 1955 corresponden al mes de diciembre, fecha en la cual el gobierno estaba ya en manos de la línea dura de Aramburu.
Cuadro núm. 1: Ingresos a las unidades carcelarias bonaerenses durante la Revolución Libertadora.
Las detenidas políticas peronistas: dos perfiles distintos [arriba]
Este estudio se basa en los datos y cuadros estadísticos que se han formulado a partir de la información recolectada en los archivos penales respecto de las detenidas por motivos políticos entre los años 1955 y 1958. Un análisis estadístico de la totalidad de los datos que arrojan dichas fuentes podría reflejar varias circunstancias de la vida de estas mujeres peronistas y, en consecuencia, a posibilitar un aporte al estudio general de este controvertido período de la historia argentina. Del mismo modo, el estudio de las relaciones de dichas mujeres entre ellas y con otras figuras históricas (la revolución antiperonista, los militantes masculinos de la resistencia peronista, los lugares de trabajo) implica la visibilización de dichas relaciones o la profundización en el estudio de las mismas.
De este modo, basándonos en los criterios de las fuerzas de seguridad que encontramos en las fuentes, existen dos perfiles de mujeres que fueron encarceladas: por un lado, la mujer ex legisladora peronista; por otro, el resto de las mujeres identificadas con el peronismo, pero que no se habían desempeñado en cargos políticos durante el gobierno peronista. A este último grupo lo denominamos como militantes de base.
Las militantes de base
Este grupo posee varias características del militante político peronista masculino ya estudiado en diversos trabajos sobre la resistencia peronista; hablamos aquí de aquel militante perteneciente al sector trabajador; es decir, su modo de manifestar la militancia es a través de sabotajes en sus lugares de trabajo, rebeliones públicas, participación en conspiraciones contra el gobierno. Sin embargo, dentro de este estereotipo de militante caracterizado de forma general, también debemos incluir a la militancia femenina. Dicho de otro modo, existieron mujeres que, a partir de lo inferido a través de las fuentes penitenciarias, desarrollaban un comportamiento similar al de los hombres que resistían al nuevo régimen. De este modo, podemos afirmar que estas mujeres eran detenidas por iguales motivos y en las mismas situaciones que los hombres. Siguiendo este hilo, también sabemos que la legislación que se aplicaba a unos y otros era la misma, ya que no existía en los decretos ni en las leyes que habilitaban la detención una diferencia de género.
El 5 de marzo de 1956, bajo la presidencia de facto del General Aramburu, entró en vigencia el decreto ley 4161, emblemático de la Revolución Libertadora. Dicho decreto, como explicamos más arriba, condenaba al peronismo de ofender “el sentimiento democrático argentino”[22] y lo perseguía bajo dicha justificación. En el mismo mes de marzo encontramos a varias mujeres de la resistencia encarceladas a causa de este decreto. Durante los dos años y casi 8 meses que duró la Revolución Libertadora, al menos ochenta y seis mujeres fueron retenidas en cárceles culpadas por violar el decreto 4161 o disposiciones similares en la Provincia de Buenos Aires. Del total de estas peronistas, veintidós fueron detenidas bajo el delito de “infracción al decreto 4161” [23]; de este grupo, detenido por violar la legal proscripción del peronismo, en la mayoría de los casos nos encontramos con un conjunto de sujetos que fueron privados de su libertad en similar o igual fecha y lugar. Además, en los archivos constan varios ejemplos en donde las detenidas no eran solo de sexo femenino, sino que también encontramos hombres encarcelados. Esta información nos hace imaginar un escenario donde manifestantes, tanto mujeres como hombres, llevaron adelante algún tipo de accionar público donde evidencian su afiliación al régimen peronista.
Un ejemplo de esta situación la encontramos en los legajos de tres mujeres procedentes de la localidad de San Martín enviadas a la Unidad Carcelaria n° 8, la Cárcel de Mujeres de Olmos[24]. Según la correspondencia enviada por un comisario inspector de policía, estas mujeres fueron encarceladas por “orden del sub jefe de policía” por “hallarse imputadas de infracción al artículo cuarto del decreto 4161 del Poder Ejecutivo Nacional”[25] el día 27 de abril de 1956. Como bien lo especificaba en la misma carta el comisario inspector, el encarcelamiento se dispuso debido a “razones de seguridad”[26]. Una semana después, otras dos mujeres ingresaron a la cárcel bajo los mismos motivos.
Luego de dos meses de haber estado detenidas, llegó una carta a las autoridades de Olmos. La carta fue escrita en nombre del jefe de la Delegación de Policía de La Plata de la Policía Federal, y en ella se pedía que las detenidas fueran entregadas a la policía. Bajo esta orden se incluyó a otras dos detenidas por las mismas razones. De esta manera, las cinco encarceladas firmaron el egreso de la cárcel el día 22 de junio de 1956, y fueron entregadas a la Policía[27]. No conocemos cuánto tiempo más estuvieron a disposición de esa fuerza.
El ejemplo arriba presentado es solo uno de muchos casos similares de militantes que fueron detenidas bajo el decreto núm. 4161. En los casos relevados, el tiempo que estas mujeres pertenecientes a la resistencia pasaban en la cárcel variaba desde pocos días hasta casi cuatro meses. No existen registros que especifiquen los motivos de la variación en los tiempos de encarcelamiento, lo cual podría ser un indicador de que aún no existía un manual de procedimiento que homogeneizara los pasos a seguir al detener a las militantes y aplicar la condena.
Más allá de la infracción al decreto 4161, existen numerosos casos en los cuales el delito no se especifica o en su lugar encontramos que las mujeres fueron detenidas “A disposición del Poder Ejecutivo Nacional”[28]. Lamentablemente no han podido ser encontrados los legajos de las mujeres encarceladas bajo este último título, por lo que se ve imposibilitada la profundización en estos casos. Lo que podemos saber es que luego egresan de la unidad carcelaria por orden de la Jefatura de Policía.
Siguiendo esta misma lógica, ya tres meses antes de que el decreto de proscripción al peronismo terminara de tomar forma, otras cuatro mujeres ingresaron al establecimiento penal de Olmos acusadas de conspirar “para cometer rebelión”[29], como indican sus fichas criminológicas. En los legajos de cada una de las procesadas consta que son caracterizadas como “conspiradora (detenida política)”[30]. Es el único grupo de casos donde aparece explícitamente la denominación de “detenidas políticas”. De esta manera, ingresaron a la cárcel de Olmos el 30 de diciembre de 1955 y pasaron allí casi dos semanas antes de ser liberadas bajo fianza. Sólo una de ellas tendrá que esperar hasta los primeros días de febrero, cuando la fianza es pagada y puede recuperar su libertad. Aquí vemos, nuevamente, la falta de uniformidad en el proceso de detención, ya que no existía tampoco una única denominación para las detenidas políticas.
El último grupo de detenciones del que hablamos se llevó a cabo en la ciudad de La Plata. El hecho de que hayan sido detenidas todas en la ciudad pero en diferentes fechas El hecho de que hayan sido detenidas todas en la ciudad pero en diferentes fechas sugiere la posibilidad de la existencia de algún tipo de persecución e investigación previa a la detención de estas mujeres que, según los legajos, estaban organizando alguna forma de manifestación en contra de la Revolución Libertadora o reivindicando su ideología peronista. A esta circunstancia debemos sumarle el hecho de que pasarán entre 12 y 16 días en manos de la policía, dependiendo de la fecha en que son detenidas, hasta su traslado a la unidad carcelaria.
En concordancia con lo expuesto, podemos vincular este grupo de casos al decreto n° 2413, promulgado por el gobierno de facto el día 6 de diciembre de 1955. Dicho decreto aprobaba un edicto policial sobre “tranquilidad pública y libertad de trabajo”[31]; el mismo penaba especialmente a quienes “agitaren a las masas obreras”[32], detallando en sus incisos las diferentes formas que se considerasen como agitación y perturbación en los ambientes de trabajo. Entre las fichas criminológicas que estudiamos, encontramos dos casos en donde se especifica que el delito ha sido la infracción a este decreto.
También en este mismo sentido, en febrero de 1956 se promulgó el decreto núm. 1301; dicha disposición era similar al anterior decreto pero no se limitaba al contexto laboral, sino que se dirigía a quienes “promovieren o generalizaren desórdenes o tumultos”[33] en lugares públicos o privados. También encontramos en los archivos ejemplos de detenidas a raíz de la violación de esta disposición.
Por otra parte, existieron numerosos casos en los que mujeres y hombres participaron en forma conjunta durante los años de formación de la resistencia peronista. Uno de los ejemplos que muestran este accionar de los militantes lo encontramos en los archivos de dos mujeres detenidas en la localidad de Lanús los primeros días de febrero de 1957[34], formando parte de un grupo más amplio de manifestantes. Ellas, como el resto de los aproximadamente 40 detenidos masculinos, fueron arrestadas bajo el delito de “asociación ilícita- intimidación pública y atentado a los medios de transporte”[35]. Recién el 30 de marzo fueron enviadas a la unidad penitenciaria de Olmos, donde su suerte fue la de vivenciar el resto del período de la Revolución Libertadora desde la Cárcel; en otras palabras, la orden de liberación llegó recién con la amnistía general dictada por Frondizi en el mes de mayo de 1958, casi un mes después de que la Libertadora llegase a su fin. De esta manera, el día 27 de mayo de 1958 llegó una carta a la unidad carcelaria de Olmos pidiendo la libertad de las prisioneras e informando su sobreseimiento definitivo.
Ahora bien, el período que separa la manifestación de la que formaron parte estas mujeres y su fecha de detención es de casi dos meses. Esto podría sugerir que el accionar de la Libertadora contaba con un aparato de inteligencia por medio del cual se investigaba y se perseguía a los peronistas hasta lograr la detención. En este punto, si bien no contamos aún con investigaciones académicas que se aboquen exclusivamente ni al período aquí trabajado ni a los militantes peronistas en particular, existen algunos estudios que abordan la cuestión de la inteligencia policial y ponen de manifiesto su funcionamiento[36]. Dentro de esta línea de investigaciones, Barreneche y Funes demuestran la existencia de un trabajo de inteligencia policial previo a la llegada de la Revolución Libertadora al poder, el cual va a ser utilizado por esta última como documentos informativos sobre el propio peronismo[37].
En el episodio en particular aquí comentado queda en claro nuevamente que, tanto mujeres como hombres eran tratados de igual manera desde las fuerzas de seguridad del Estado y, en consecuencia, las investigaciones también se llevaban a cabo para perseguir a las militantes. Desde los actores del gobierno, entonces, las mujeres también eran consideradas sujetos amenazantes. No obstante, como veremos a continuación, existió un grupo de estas mujeres que, a los ojos de la Libertadora, resultaba más peligroso y más necesario de controlar.
Las ex legisladoras peronistas
Estas mujeres, al igual que las caracterizadas en lo que denominé como primer grupo, eran también militantes peronistas. Las consideramos un grupo aparte ya que llamaron particularmente la atención del gobierno de facto; de hecho, su relevancia fue tal que en los archivos penitenciarios se hace referencia en repetidas oportunidades a que pertenecen a la causa de “las ex legisladoras peronistas”. Por este motivo, creemos que merecen un análisis propio, donde nos preguntemos por los factores que llevaron a que, frente a los ojos de la Libertadora, fueran un foco importante de atención. En otras palabras, ellas constituyeron un grupo especial para las autoridades anti-peronistas. Las razones por las cuales estas mujeres fueron encarceladas difieren de las que analizamos con anterioridad.
El rasgo principal es que estas mujeres fueron llevadas a la cárcel como consecuencia de haber infringido el artículo 227 del código penal, mediante el cual se las consideraba “traidoras a la patria”[38] por haberse desempeñado como funcionarias del gobierno peronista, llevando adelante una conducta que la Libertadora entendía y juzgaba como traición a la patria.
De este modo, el 3 mayo del año 1957 ingresaban a la unidad penitenciaria de Olmos dieciséis mujeres, las cuales formaban parte de la causa seguida “contra ex Senadores y Diputados Provinciales del régimen depuesto”[39]. La mayoría pasaron allí unos pocos días, ya que el día 14 de mayo del mismo año llegó a la institución carcelaria una notificación donde se informa de la disposición en libertad de las mujeres allí encarceladas bajo la causa a ex legisladores; en dicha correspondencia figuran los nombres de nuestras 16 detenidas. Junto con ellas, figuraban también los nombres de los ex diputados y senadores que se encontraban en la Unidad Carcelaria núm. 1 y que también quedaban en libertad por esta resolución.
No obstante, el egreso de la cárcel de algunas de ellas se realizó bajo caución juratoria[40], por lo cual las ex legisladoras quedarán a disposición de ser llamadas por la justicia[41]. En este sentido, el juez de la causa, al informar su libertad por medio de una correspondencia a la unidad carcelaria, también aclaró allí que siete de estas mujeres liberadas quedarían aún encuadradas en las disposiciones de dos artículos del código penal -articulo 248 y 277; ambas disposiciones se refieren, en el mismo sentido que el artículo 227, al desempeño de aquéllos que ejerzan el cargo de funcionario público, estableciendo penas para quien “dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere”[42] y para quienes encubriesen dichas acciones.
Esta información, interpretada a partir de los archivos penales estudiados, nos induce a afirmar que las mujeres perseguidas y detenidas durante la Revolución Libertadora no fueron sólo las militantes que cuadran en el estereotipo planteado por varios autores. Es decir, tendremos que ampliar el perfil de las detenidas políticas. Justamente, como lo dice la palabra, también desde el Estado se llegó a prestar considerable atención tanto a mujeres como a hombres que habían ocupado cargos públicos durante el gobierno peronista. Si bien parece haber llevado casi dos años de maduración después del golpe de Estado al gobierno de Juan Domingo Perón, podemos inferir que estas mujeres que habían participado activamente en la política gubernamental del peronismo significaban una amenaza para los objetivos de la Libertadora. De este modo, y utilizando como herramienta la legislación del código penal, el gobierno antiperonista encarceló a dichas mujeres. Si bien no existen registros que clarifiquen nuestra suposición, en las fichas criminológicas de las ex legisladoras podemos observar determinados patrones que se repiten y que, además, no suelen estar detallados en las fichas de las presas comunes. Aquí nos referimos, principalmente, a que en el rubro Observaciones de tales fichas, se completa en detalle los ingresos, egresos y traslados de las detenidas entre distintas unidades carcelarias. A este respecto, vemos que en el caso de las presas comunes los traslados no son comunes. Según relata Ana Macri[43], ex legisladora del peronismo, la orden de captura había sido pedida inmediatamente después de la revolución de septiembre; siguiendo este hilo, cabría preguntarse las razones por las que la detención en conjunto de todo un grupo de legisladoras y legisladores se llevó a cabo recién en la tardía fecha de mayo de 1957, casi dos años más tarde de haberse recomendado su encarcelamiento.
Existe un ejemplo, ya conocido, que podríamos caracterizar dentro de esta categoría. Este es el caso de Ana Carmen Macri, sobre la cual tenemos más información gracias a su biografía y relatos. Al igual que en el caso de varias de las militantes encarceladas que estudiamos en este trabajo, Macri fue trasladada en varias oportunidades[44]; como ella lo relata, fue llevada desde la cárcel de Capital Federal hacia la unidad carcelaria de Olmos, partido de La Plata[45]. Por estas razones, vemos que el egreso de un establecimiento carcelario no siempre significaba la libertad en los casos de las detenidas políticas; es decir, muchas veces el egreso de una unidad carcelaria respondía al traslado de las detenidas a otra cárcel.
Vale aclarar que Macri pasó mucho más que un par de días en la cárcel, siendo trasladada en varias oportunidades y extendiendo su reclusión a meses u años. Su actividad tan cercana a Eva Perón durante el peronismo, como ella lo atestigua en su biografía política, y su desempeño en varios cargos públicos (incluida la legislatura) quizá han hecho de ella un sujeto amenazante en relación con la “armonía” social antiperonista que a la Revolución Libertadora le urgía por legitimar. En este sentido, este caso es la excepción a los otros diecisiete en los que, según los registros penales, las ex legisladoras peronistas estuvieron detenidas en la cárcel sólo unos días.
Por otra parte, según narra Macri, una vez resuelto el golpe de Estado a Perón “se pide la captura recomendada de todos los legisladores peronistas en actividad”[46]. De este modo, ella explica cómo fue capturada al obedecer la orden de devolver las llaves y carnets relacionados al trabajo en el Congreso. Allí explica también cómo varios legisladores y legisladoras, “los que tenían más experiencia en estas lides o que eran desconfiados” no se presentaron y lograron así evadir –al menos temporalmente- el arresto[47]. Como vimos más arriba, un gran grupo de personas, incluidas diecisiete mujeres, fueron perseguidas y luego encarceladas casi dos años más tarde bajo la causa sobre ex legisladores provinciales.
Ahora bien, la importancia de ser mujer y peronista tiene una connotación muy fuerte si la situamos históricamente. La participación activa de las mujeres en la arena política argentina encuentra sus raíces en los años del primer peronismo en el poder; es decir, la historia política de la mujer argentina cambió profundamente luego de la aprobación de la ley de sufragio en septiembre de 1947, como así también gracias a la formación del Partido Peronista Femenino en 1949. A partir de estos hitos centrales, las mujeres se hicieron necesariamente visibles en la vida política, lo cual provocó que cualquier proyecto político para el país de allí en adelante debía tenerlas en cuenta como un actor de peso. En dicho contexto, la imagen de Eva Perón emerge como la segunda figura más importante y más poderosa del durante el peronismo. En este sentido, el peso de Eva como la responsable del logro del voto femenino es claro no solo a los ojos de los peronistas, sino también dentro del antiperonismo. Dentro de las condiciones que definían a esta mujer, se destacaba tanto su capacidad desde el campo de la acción social así como también desde la dirigencia política. Por estos motivos, luego del peronismo la imagen femenina en el escenario político se hizo fuerte.
Esta precaución hacia las mujeres que habían participado activamente de la política se transluce a través de la dinámica carcelaria. Los legajos de estas detenidas nos informan de los pedidos recurrentes de informes acerca de la conducta de las mismas en la cárcel de Olmos; así como también de los pedidos de permisos para que las mismas pudieran recibir visitas. En adición a esto, los legajos de varias de las detenidas contienen lo que se denomina “suplemento prontuarial”[48]; allí se describen en detalle varios de los aspectos de la vida de las detenidas. En este suplemento quedan de manifiesto sus relaciones familiares, los datos de sus parientes más cercanos, de sus “compañeros habituales”[49]; además, allí quedan asentadas las “personas que pueden informar sobre su conducta”[50], y en otro apartado se detallan sus desempeños en cargos públicos y en otros sitios u ocupaciones que la detenida haya desempañado. El registro de esta información sugiere la existencia de una marcada diferencia con respecto al grupo anterior, ya que aquí se refleja una preocupación concreta del gobierno por conocer más detalles de su vida social y política. En resumen, podría decirse que ahora que Eva no estaba, parecía imponerse la idea de impedir cualquier otro intento de que una mujer volviese a tomar el control de los grupos peronistas, en este caso descontentos con la Libertadora.
Consideraciones finales: las mujeres como amenaza en el escenario político [arriba]
En primer lugar, según el estudio de archivos realizado, podemos afirmar que la Revolución Libertadora actuó uniformemente en cuanto al perfil de militante de base peronista que identificaba y perseguía. No existían filtros para dichos encarcelamientos. A lo largo de los años que comprenden el gobierno de Aramburu particularmente, encontramos que diversos perfiles de mujeres militantes de la resistencia peronista han sido víctimas de persecución y detención en unidades carcelarias. Entre estas detenidas encontramos a quienes planearon sabotajes, a quienes provocaron disturbios en las industriales textiles, a quienes se negaron a entregar documentos del régimen peronista, a quienes organizaron rebeliones conspirando contra el anti-peronismo de la Libertadora, a quienes se asociaron con otros trabajadores y llevaron adelante un atentado en los medios de transporte. Y la lista sigue. Pero el mensaje del presente trabajo no es volver a afirmar lo que ya otros autores han estudiado minuciosamente, las manifestaciones de la resistencia peronista en los años de su gestación, coincidentes con los gobiernos de Lonardi y Aramburu; en otras palabras, el objeto de este estudio ha sido analizar si el gobierno de facto visibilizaba a las mujeres como parte de esa resistencia del peronismo y, en consecuencia, si las encontraba un factor amenazante dentro de la ideología proscripta. A través de estas páginas hemos arrojado luz mediante datos estadísticos y vastos ejemplos, sobre accionar de muchas mujeres que aportaron a la actuación desde la resistencia de un peronismo recién proscripto que iba tomando forma en esos primeros años. Vemos que desde el Estado efectivamente se pusieron marcha, desde las instituciones de seguridad y castigo, procedimientos similares para su detención y encarcelamiento a los que se utilizaban con los militantes masculinos.
Por otra parte, analizando los datos estadísticos, vale aclarar que a partir de los últimos meses de 1957 no encontramos prácticamente detenciones. En este sentido también afirmamos que la conducta desde el gobierno de la Libertadora tampoco fue homogénea. Consideramos por demás arriesgado extraer conclusiones más precisas sobre este punto dada la falta de otro tipo de información que complemente los datos extraídos de los archivos penales, como podría ser el caso de entrevistas orales. Esto quedará pendiente para una futura investigación.
Siguiendo la línea del párrafo anterior, a través de esta investigación podemos afirmar la falta de uniformidad desde el Estado en lo que respecta a las herramientas legales para la detención de las mujeres militantes en la resistencia. Es decir, existieron numerosos decretos y leyes de los cuales el sistema penal se valió para encarcelar a quienes militaban para el peronismo. No existió solo el decreto 4161, sino que además se utilizaron otras disposiciones legales preexistentes, incluso algunas dictadas durante el peronismo. Este es el caso de la ley nacional núm. 13.985[51], promulgada por el Congreso de la Nación en noviembre de 1950. Dicha ley se refiere a actos de sabotaje y/o espionaje que afecten a los intereses de la Nación. En cuanto a los decretos en este rubro dictados durante el gobierno de la Revolución Libertadora encontramos, por ejemplo, los decretos núm. 2413/55 y núm. 1301/56, ya explicados. Por último, dentro de esta heterogeneidad de disposiciones, existieron numerosos casos en los cuales no se ha especificado ninguna ley o decreto que especifiquen el delito; en ellos no se especifica el delito cometido, quedando ausente la relación con alguna ley o decreto específico. Los delitos mencionados son los mismos que se aplicaban a los hombres detenidos por motivos políticos. Por consiguiente, no encontramos una distinción de género desde el gobierno a la hora de perseguir y encarcelar a los participantes en la resistencia a la Revolución Libertadora.
No obstante, constatamos que existió un conjunto de mujeres peronistas hacia las cuales las instituciones de seguridad y castigo aplicaron procedimientos legales de detención distintos. Este grupo, a diferencia de las militantes de la resistencia peronista, fue perseguido por su accionar y peso político durante el gobierno de Perón. En otras palabras, si analizamos la situación de las mujeres detenidas según la causa contra ex legisladoras del peronismo queda en evidencia que no todas las mujeres encarceladas significaban el mismo peligro para la Libertadora. Si bien muchas militantes pasaron varios días en la cárcel, estas mujeres evidenciaban una amenaza mayor para el gobierno de facto. Esta amenaza parece haber estado clara en la lectura del contexto sociopolítico del gobierno anti-peronista, ya que existía una causa judicial que manifestaba la intención de capturar a las mujeres y hombres que habían ocupado cargos políticos relevantes durante el gobierno peronista[52]. De allí que para las mujeres que habían estado involucradas directamente con el peronismo en posiciones de poder, el trato fue distinto al expuesto por la disposición general de proscripción del peronismo.
En adición a esto, si acercamos un poco más la mirada, también el trato hacia estas detenidas políticas variaba según la historia individual de cada una. El tiempo en prisión varió según la peligrosidad que implicaban para el gobierno de facto. Y esa peligrosidad estaba escrita en la historia de cada una de ellas. Por estos motivos, una de las mujeres que había sido muy cercana a la figura de Eva Perón quedó detenida por más tiempo que el resto de sus compañeras. Vale preguntarse las raíces de tal diferencia, por los motivos que llevaron a las autoridades anti-peronistas a dejar detenida a Ana Macri durante casi la totalidad del tiempo que estuvo la Revolución Libertadora en el poder. Aquí, una analogía a la figura de Eva Perón podría darnos una posible respuesta. Sabemos que después del peronismo, a partir de la figura de Eva Perón, el lugar de las mujeres en la política argentina cambió. Eva Perón fue, durante el peronismo, la mujer más poderosa del país y el símbolo del movimiento. Debido a ello, la figura de la mujer puede haber ocupado un lugar importante, como sinónimo de accionar político, de peligrosidad; es decir, la Revolución Libertadora tenía en claro algunas cuestiones que no podía permitir, y una de ellas era la construcción de otra mujer como Eva Perón. Por ello, las mujeres más cercanas a Eva debían permanecer en instituciones de seguridad, bajo la supervisión del régimen de facto, alejadas del contexto nacional de proscripción del peronismo donde se intuía que una resistencia desde el movimiento se estaba gestando.
Como relata un militante peronista en sus memorias de aquellos años: “desde el 55 al 58 luchó el pueblo, solo el pueblo. Después hubo otras aperturas que permitieron que otro tipo de gente subiera a la superficie”[53]. Este estudio afirma que en este escenario también se despliegan las mujeres como sujetos históricos integrantes de un pueblo. Este pueblo, después de la experiencia peronista, encontraba a las mujeres con un peso más fuerte en la escena política argentina del que habían tenido en cualquier otra coyuntura histórica anterior al peronismo.
Finalmente, este trabajo ha intentado llevar adelante un proceso de visibilización de la participación femenina en los primeros años de la resistencia peronista y su accionar. Este estudio es solo uno de los múltiples enfoques que se pueden adoptar para arrojar luz sobre la problemática de la mujer como sujeto histórico activo en la historia y la relación de éstas con las políticas represivas del Estado. Pretendemos además dejar en claro la necesidad de posteriores estudios e interpretaciones sobre las instituciones de seguridad y castigo puestas en marcha para la detención de las mujeres vinculadas al peronismo ya que, como afirmamos, la militancia femenina adopta un carácter más fuerte y relevante en la historia argentina un carácter en la historia argentina a partir de Eva Perón. Por eso, aportamos aquí una mirada a través el cerrojo hacia lo que puede caracterizarse hoy como una habitación con grandes zonas aun sin explorar.
* Profesora en historia. Doctorando (Fahce, UNLP). Adscripción profesional: Instituto de Investigaciones en Humanidades y Ciencias Sociales (IdIHCS), FAHCE, UNLP. E-mail: s.castronuovolp@gmail.com
[1] Mónica Gordillo, “Protesta, rebelión y movilización: de la resistencia a la lucha armada (Cap. VIII)”, en Daniel James (Dir.), Violencia, proscripción y autoritarismo (1955-1976), Buenos Aires, Sudamericana, 2013, (Tomo IX de la Nueva Historia Argentina).
[2] María Estela Spinelli, “La desperonización: una estrategia política de amplio alcance (1955-1958)”, [s.l.], [s.d.], 2011. Disponible en (http://histor ia politica.c om/datos/bi blioteca/Spin elli1.pdf). [Fecha de consulta: 26/04/2016].
[3] Existen algunos trabajos de investigación sobre las políticas carcelarias durante el período estudiado en este artículo, pero los mimos se inscriben como parte de una temporalidad de análisis mucho más amplio. De esta manera, aún se ha explorado con detenimiento el período de la Revolución Libertadora a partir de un enfoque desde el encarcelamiento de la oposición peronista. Véase: César Seveso, “Escuelas de militancia: la experiencia de los presos políticos en Argentina, 1955- 1972” , en A contra corriente2009, vol. 6, núm. 3, pp. 137-165; [ Links ] Jeremías Silva, “Las políticas penitenciarias del estado nacional entre 1930 y 1960” , en VII Jornadas de Sociología de la Universidad Nacional de La Plata , 2013, La Plata , FaHCE, UNLP.
[4] Daniel James, Resistencia e integración. El peronismo y la clase trabajadora argentina 1946-1976, Buenos Aires, Sudamericana, 1990.
[5] Dora Barrancos, “Historia, Historiografía y Género. Notas para la memoria de sus vínculos en la Argentina ”, en Revista de Historia Social y de las Mentalidades Año VIII [on line], Departamento de Historia Universidad de Santiago de Chile, 2004, vol. 1/2, pp. 35-65, ISSN: 0717-5248. Disponible en (http://www.re vistas.usach.cl/ojs /index.php/histo riasocial/article/ viewFile/36 0/354). [Fecha de consulta: 26/04/2016].
[6] Carolina Barry, Evita Capitana, Buenos Aires, EDUNTREF, 2009.
[7] Anabella Gorza, “Participación política de las mujeres en la Resistencia peronista; entre la permanencia y el cambio (1955-1962)”, en VIII Jornadas de Sociología de la UNLP , FaHCE, 2014.
[8] Adriana Valobra, “Normativas sobre la participación de las mujeres en los partidos políticos y sus prácticas y espacios de intervención, Argentina, 1912- 1957” , en Derecho y Ciencias Sociales [on line], Instituto de Cultura Jurídica (ICJ), Abril 2011, núm. 4, pp. 64-88, ISNN 1852-2971. Disponible en (http://sed ici.unlp .edu.ar/h andle/10 915/15 268). [Fecha de consulta: 26/04/2016].
[9] Susana Novick, Mujer, Estado y políticas sociales, Buenos Aires, Centro Editor de América Latina, 1993.
[10] Anabella Gorza, “Línea Dura. Una voz femenina en la resistencia peronista (1957-1958)”, en Cuadernos de H Ideas, 2011, vol. 5, núm. 5. Disponible en (http://www.a cuedi.org/dda ta/88 83.pdf). [Fecha de consulta: 26/04/2016]; Anabella Gorza, “Misas, ofrendas y militancia: Los actos religiosos como expresiones políticas de la Resistencia peronista”, en III Jornadas del Centro Interdisciplinario de Investigaciones en Género, 2013, La Plata , Argentina. Disponible en (http://www.mem oria.fah ce.unlp.edu.ar/t rab_eventos/ev .3403/ev.34 03.pdf). [Fecha de consulta: 26/04/2016]
[11] Ana Carmen Macri, Mi Biografía Política, Buenos Aires, Instituto Nacional de Investigaciones Eva Perón, 2006.
[12] Gorza, “Participación política de las mujeres…”, cit.; Macri, Mi Biografía...., cit.
[13] Estela Dos Santos, La Resistencia. En Las mujeres peronistas, Buenos Aires, Centro Editor de América Latina, 1983.
[14] Ana Josefina Centurión, “Las mujeres en la resistencia peronista. Sentidos y Representaciones”, en M. C. Bravo, F. Gil Lozano y V. Pita (Comp.), Historia de luchas, resistencias y representaciones. Mujeres en la Argentina , siglos XIX y XX, San Miguel de Tucumán, EDUNT, 2007.
[15] James, Resistencia..., cit., p. 90.
[16] James, Resistencia…, cit., p. 77.
[17] Alejandro Schneider, Los Compañeros. Trabajadores, Izquierda y Peronismo (1955-1973), Buenos Aires, Imago Mundi, 2005, p. 78.
[18] Dos Santos, La Resistencia …, cit.
[19] James, Resistencia…, cit., p. 83.
[20] Ídem, p. 188.
[21] Archivo Histórico y Museo del Servicio Penitenciario Bonaerense (en adelante AHyMSPB), Fichas criminológicas (en adelante FC), núms. 52217 y 52218.
[22] Roberto Baschetti (Comp.), Documentos de la Resistencia Peronista. 1955- 1970, La Plata , De La Campana , 1997, p. 80.
[23] AHyMSPB, Libros de detenidos, vols. núm. 189 a núm. 195.
[24] AHyMSPB, Libros de detenidos, vol. núm. 194, FC núm. 48.412, 48.415 y 48.418.
[25] AHyMSPB, Legajo de detenidas, Prisión y Cárceles de Mujeres (U.8), correspondiente a la FC núm. 48418.
[26] AHyMSPB, Legajo de detenidas, Prisión y Cárceles de Mujeres (U.8), correspondiente a la FC N ° 48418.
[27] AHyMSPB, Libros de detenidos, vol. Núm. 194, FC núm. 48.412, 48.415, 48.418 y 48.486; vol. núm. 195, FC núm. 48.509.
[28] AHyMSPB, Libros de detenidos, vol. núm. 52.912, 52.959 y 52.983.
[29] AHyMSPB, Libros de detenidos, vol. núm. 190, FC núm. 47.369, 47.370, 47.371 Y 47.372.
[30] AHyMSPB, Legajo de detenidas, Prisión y Cárceles de Mujeres (U.8), correspondiente a la FC núm. 47.369, 47.370, 47.371 Y 47.372.
[31] Disponible en (http://www. gob.gba .gov.ar/legislacio n/legislacion/55- 2413.html). [Fecha de consulta: 26/04/2016].
[32] Disponible en (http://www.g ob.gba. gov.ar/l egislacion/leg islacion/55- 2413.html). [Fecha de consulta: 26/04/2016].
[33] Disponible en (http://www.go b.gba.gov.a r/legislacion/ legislac ion/56-1301.html). [Fecha de consulta: 26/04/2016].
[34] AHyMSPB, Libros de detenidos, vol. núm. 211, FC núm. 52.698 Y 52.699.
[35] AHyMSPB, Legajo de detenidas, Prisión y Cárceles de Mujeres (U.8), correspondiente a las FC núms. 52.698 y 52.699
[36] María Eugenia Marengo, Lo aparente como real: Un análisis del sujeto “comunista” en la creación y consolidación del servicio de inteligencia de la policía de la Provincia de Buenos Aires, Tesis de Maestría, Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación , 2012; Patricia Funes e Ingrid Jaschek, “De lo Secreto a lo Público: La creación de la DIPBA ”, en Revista Puentes, Dossier Documentos, 2005, núm. 16.
[37] Osvaldo Barreneche, “Formas de violencia policial en la provincia de Buenos Aires a comienzos de la década de 1960” , en Anuario del Instituto de Historia Argentina, 2012; Patricia Funes, “Medio siglo de represión”, en Revista Puentes, núm. 11, Comisión Provincial por la Memoria , pp. 35-43.
[38] Particularmente, según el artículo núm. 227, se considera como Traición a la Patria por parte de los legisladores nacionales o provinciales al hecho de otorgar facultades extraordinarias al Poder Ejecutivo Nacional o a los gobernadores provinciales, respectivamente. Consulta del artículo en Código Penal Argentino. Título X: Delitos contra los poderes públicos y el orden constitucional. Capítulo I: Atentados al orden constitucional y a la vida democrática. Artículo n° 227. Disponible en (http://www.infoleg.gov. ar/infolegI nternet/ane xos/15000-19999/1 6546/texact.htm 24). [Fecha de consulta: 26/04/2016].
[39] AHyMSPB, Legajo de detenidas, Prisión y Cárceles de Mujeres (U.8), correspondiente a la FC núm. 53.236.
[40] La caución juratoria se refiere a la liberación de una persona detenida luego de que la misma jure ante las autoridades correspondientes que no va a proceder a fugarse y que estará a disposición de la justicia siempre que esta lo requiera.
[41] AHyMSPB, Legajo de detenidas, Prisión y Cárceles de Mujeres (U.8), correspondiente a la FC núm. 53.236
[42] Consulta del artículo en Código Penal Argentino. Capítulo IV: Abuso autoridad y violación de los deberes de los funcionarios públicos. Artículo núm. 248. Disponible en (http://www.infoleg .gov.ar/infole gInter net/ane xos/1500 0-19999/16 546/texact. htm 24). [Fecha de consulta: 26/04/2016]
[43] Macri, Mi Biografía...., cit.
[44] AHyMSPB, Libros de detenidos, vol. núm. 201, FC núm. 50.102.
[45] Macri, Mi Biografía…, cit., p. 58.
[46] Ídem, p. 54.
[47] Ibídem.
[48] AHyMSPB, Legajo de detenidas, Prisión y Cárceles de Mujeres (U.8), correspondiente a las FC núms. 53.168 y 53.172.
[49] Ibídem.
[50] Ibídem.
[51] Consulta de la ley disponible en (http://www1.hcdn.g ov.ar /depende ncias/dip/ wdebates /Ley.13985.De bate.Represi%C3% B3n.Actos.Es pionaje.Sa botaje.y.Traici% C3% B3n.pdf). [Fecha de consulta: 26/04/2016]
[52] Causa núm. 4798/55 titulada: “Perón Juan D. otros, s/traición”. Extraído de AHyMSPB, Legajo de detenidas, Prisión y Cárceles de Mujeres (U.8), correspondiente a la FC núm. 60102.
[53] Cesar Francisco Marcos, “La cosa fue así”, en Roberto Baschetti (Comp.), Documentos de la Resistencia Peronista. 1955- 1970, La Plata , De La Campana , 1997, p. 62.