JURÍDICO ARGENTINA
Doctrina
Título:Mediación prejudicial obligatoria en la Provincia de Buenos Aires. Una mirada sistémica del cambio cultural
Autor:Fiscina, Gladys
País:
Argentina
Publicación:Revista de Negociación, Mediación, Conciliación y Métodos RAD - Número 16 - Mayo 2020
Fecha:29-05-2020 Cita:IJ-CMXVI-908
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Mediación prejudicial obligatoria en la Provincia de Buenos Aires

Una mirada sistémica del cambio cultural

Por Gladys Fiscina*

El año 2020 será recordado por la humanidad como aquel en el cual una inesperada epidemia revolucionó el status quo y nos detuvo a pensar.

En el obligado detenimiento se hicieron protagonistas ideas universales, la comprensión ecológica del mundo, la necesidad del obrar organizado en pos del bien común, en definitiva reconocer que nadie se salva solo.

Esta visión del mundo como un todo implicado, me invita a repensar mi labor diaria de abogada mediadora y en consecuencia observar y reencuadrar (tal como hacemos en nuestras mesas de mediación) el Instituto de la Mediación en la Pcia. de Bs. As. desde un análisis sistémico, construir “puentes” con nuevas áreas del conocimiento ,ciencias tradicionalmente poco exploradas por el profesional del derecho como la Teoría de sistemas , la Teoría biológica del conocimiento o la Teoría de las organizaciones pueden ayudarnos a establecer nuevas conclusiones y así comprender el proceso por el cual se construye la legitimidad de este método R.A.D.

El conocimiento avanza hacia una propuesta de abordaje en redes conceptuales que abarcan distintas áreas, el Derecho no es ajeno a esta circunstancia, resulta entonces necesario comprender el sistema de acceso a Justicia como una organización, en definitiva como un sistema vivo auto organizado, que se va creando como unidad a través de su propio operar.

La puesta en marcha de la mediación previa obligatoria (M.P.O.) en la Pcia. de Bs. As. en el marco de la Ley 13.951 y sus decretos reglamentarios ha generado un cambio en el modo en que los justiciables acceden a justicia , este cambio obliga a una adaptación por parte de todo el sistema de justicia, justiciables, abogados y magistrados; todos ellos se ven en la tarea (consciente o no) de construir nuevos paradigmas. Pero no se puede comprender la realidad independientemente del ser humano que la conoce…en tal línea de pensamiento podemos preguntarnos por qué el proceso de mediación aún genera cierta resistencia en el ámbito de la práctica… Si sabemos que el individuo se construye a través de su relación con el medio podemos inferir que debemos entender la mediación como una organización, es decir un sistema, que se construye a partir de su relación con el medio.

“La tecnología ha acabado pensando no ya en términos de máquinas sueltas sino de «sistemas». Una máquina de vapor, un automóvil o un receptor de radio caían dentro de la competencia del ingeniero adiestrado en la respectiva especialidad. Pero cuando se trata de proyectiles o de vehículos espaciales, hay que armarlos usando componentes que proceden de tecnologías heterogéneas: mecánica, electrónica, química, etc. empiezan a intervenir relaciones entre hombre y máquina, y salen al paso innumerables problemas financieros, económicos, sociales y políticos… Se hizo necesario, pues, un «enfoque de sistemas». Dado un determinado objetivo, encontrar caminos o medios para alcanzarlo requiere que el especialista en sistemas (o el equipo de especialistas) considere soluciones posibles y elija las que prometen optimización, con máxima eficiencia y mínimo costo en una red de interacciones tremendamente compleja… (Von Bertalanffy L.”Teoria General de los sistemas” 1986. Mexico. Fondo de cultura económica. Pag. 2.)

Si la teoría general de los sistemas ha definido al sistema como el conjunto de elementos en interacción, entonces un sistema es el conjunto de objetos y también las relaciones entre los objetos y sus atributos o propiedades… ¿Sería posible formular principios validos sea cual fuera la naturaleza de sus componentes y la relación entre ellos?

Objeto, atributo y relación, trasladados al acceso a Justicia obliga a pensar el proceso de mediación en su medio, su contexto:

Pareciera ser que existe una especie de legitimación nacida de estructuras sociales convenidas a través de generaciones que legitiman determinada labor… y la labor del mediador es nueva, desconocida debe ser co-construida , en parte de nosotros depende…

El mediador deberá tener en cuenta que en su mesa de mediación se presentan inconscientemente todas las experiencias que han atravesado abogados y partes haciéndole vivir sensaciones que generan pensamientos y en consecuencia conductas… y del mismo modo el resultado de nuestro trabajo (bueno o no tanto) se extenderá a otras mediaciones. Como mediadora me pregunto si somos conscientes de ello…

Sabemos que los alcances de la mediación trascienden la mesa de la trabajo y se extienden en una red que a su vez será el marco de futuras mediaciones.

“Los modelos o mapas que creamos en el proceso de vivir están basados en nuestras propias experiencias y, debido que algunos aspectos de nuestras experiencias nos serán únicos, ciertos aspectos de nuestro modelo del mundo serán exclusivos de cada uno de nosotros, Estas maneras poco comunes que cada uno de nosotros adopta para representar el mundo constituyen un conjunto de intereses, hábitos gustos, pautas y normas de conducta que son claramente propias. Estas diferencias garantizan que cada uno de nosotros tenga un modelo del mundo que de alguna manera será diferente del modelo de otra persona cualquiera.”(Bandler Richard y Grinder John La Estructura de la magia. Santiago de Chile Cuatro Vientos 1996 )

Con el objeto de comprender las reacciones que personas y organizaciones experimentan frente al cambio (y en consecuencia adaptarse a ellas), es posible abordar el sistema de acceso a justicia como una organización, en definitiva como un sistema vivo auto organizado, que se va creando como unidad a través de su propio operar y observar este sistema desde los saberes de ciencias poco conectadas hasta ahora con el saber jurídico.

El filósofo Humberto Maturana ha generado una decisiva innovación en el modo en que la ciencia observa el mundo la Teoría biológica del conocimiento:

“…los seres vivos son sistemas que tienen sus características como resultado de su organización y estructura, de cómo están hechos y para que existan no se necesita de nada más. Pero al mismo tiempo los seres vivos tienen dos dimensiones de existencia. Una es su fisiología, su anatomía, su estructura . La otra sus relaciones con otros, su existencia como totalidad. Lo que nos constituye como seres humanos es nuestro modo particular de ser en este dominio relacional donde se configura nuestro ser en el conversar, en el entrelazamiento del lenguaje y el emocionar. Lo que vivimos lo traemos a la mano y configuramos en el conversar, y es en el conversar donde somos humanos… (Maturana H. 1996 “El sentido de lo humano” Santiago de Chile. Dolman Ediciones.pag. 22.)

“En el conversar construimos nuestra realidad con el otro. No es una cosa abstracta. El conversar es un modo particular de vivir juntos en coordinaciones del hacer y el emocionar. El conversar es un modo particular de vivir juntos en coordinaciones del hacer y el emocionar. Por eso el conversar es constructor de realidades. Al operar en el lenguaje cambia nuestra fisiología.”.(Maturana H. 1996 “El sentido de lo humano” Santiago de Chile. Dolman Ediciones. pag. 23.-)

El concepto de “ser vivo “aportado por Maturana se refiere al sistema circular capaz de producirse a sí mismo, para que existan nada más se requiere. Pero además de ésa dimensión de existencia fisiológica o estructural, debemos considerar su existencia como totalidad, que abarca sus relaciones con los otros: el dominio relacional.

Entonces si es en lo relacional donde el sistema se construye me pregunto ¿Cómo los elementos del sistema de Justicia han reaccionado al cambio organizacional introducido por la M.P.O.?

La naturaleza humana es genéticamente opuesta al cambio. La base de nuestro equilibrio psicológico por ser uno de los fundamentos básicos de la construcción del yo, está en la estabilidad de nuestros archivos mentales, de nuestras verdades permanentes.

El cambio moviliza angustias, independientemente de la realidad implicada, y son las instituciones las que deben tranquilizar estas angustias, esto resulta ser extremadamente complejo, se presentan barreras como la impaciencia, la incapacidad de cambio, y la necesidad de aunar criterios sobre intereses, que (volviendo a la idea inicial de esta reflexión) deben trascender los intereses individuales y establecerse como universales, asignando atributos reconocidos por todos los elementos de la organización.

En la deconstrucción de roles y la asignación de atributos algunos abogados presentan dificultad en confiar en la dirección del proceso por parte del mediador y no están dispuestos a colaborar. Por otra parte se presentan casos en donde la judicatura determina honorarios mínimos o aplica criterios morigeratorios, pues ciñe la compensación económica del mediador únicamente a su resultado (es decir el acuerdo).

En particular para la evaluación de la naturaleza de los vínculos es útil analizar los mecanismos de asunción y adjudicación de roles su nivel de pertenencia, pertinencia, cooperación y comunicación.

El éxito de un cambio cultural esta dado en gran medida por los valores que aportan los gerenciadores del cambio, es decir sus atributos. Me pregunto ¿Qué atributos el sistema de justicia reconoce al proceso de mediación y cuáles son los atributos del mediador reconocidos por el sistema de justicia?

¿Permiten los canales de comunicación entre mediadores, abogados, justiciables y agentes de la jurisdicción construir estas respuestas?

Las organizaciones están constituidas por personas articuladas entre sí por medio de un sistema de roles, estos roles consisten en la mutua representación interna entre ellas y el reconocimiento de los otros, si surgen conflictos la lógica del poder será la que impera, impidiéndose de esta forma el desarrollo.

“El desarrollo humano es el proceso por el cual la persona en desarrollo adquiere una concepción del ambiente ecológico más amplia, diferenciada y válida y se motiva y se vuelve capaz de realizar actividades que revelen las propiedades de ese ambiente, lo apoyen y lo reestructuren, a niveles de igual o mayor complejidad, en cuanto a su forma y a su contenido” (Bronfenbrenner U. “La Ecología del Desarrollo humano” 1979.Barcelona Paidós. pág. 47.)

Esta manera de pensar la complejidad organizada hace ver los diferentes temas en la forma como se dan en la realidad y no como entes puros , pues los procesos abiertos no están absolutamente determinados por las condiciones iniciales, sino por la naturaleza de sus procesos (equifinalidad) este aspecto incorpora la idea de proceso como constructor fundamental del resultado.

El sistema trasciende las características individuales de sus miembros (totalidad) y todo cambio en alguna de las partes afecta a todas las demás y en ocasiones al sistema (sinergia).

A modo de conclusión

Como abogados nos enfrentamos al desafío de superar nuestras individualidades…comprendernos como parte de una organización que se autoproduce pone de manifiesto la necesidad de intensificar nuestra tarea en aspectos tales como la importancia de la definición de los roles, verificar su comprensión y los atributos que cada integrante le asigna, fortalecer los canales de retroalimentación y fundamentalmente plantear intereses y metas comunes. En tal sentido la mirada sistémica puede brindarnos nuevos marcos conceptuales que nos permitan explorar el proceso de cambio cultural que atraviesa la Mediación y el sistema de acceso a Justicia, sólo es cuestión de animarnos…

Bibliografía

- Bandler, Richard y Grinder, John (1996) : La Estructura de la magia”. Santiago de Chile Cuatro Vientos 8° ed.

- Bronfenbrenner, Ury (1979) “La ecología del desarrollo humano”. Barcelona Paidos.

- Etkin,Jorge-Schwarstein,Leonardo.(1989)“Identidad de las organizaciones. Invariancia y cambio”. Buenos Aires Paidos 7°reimp.

- Maturana, Humberto (1996) “El sentido de lo humano” .Santiago de Chile Dolmen Ediciones.

- Von Bertalanffy, Ludwig (2012) “Teoría General de los Sistemas” .México. Fondo de Cultura Económica.

 

 

*Abogada, mediadora, docente de Teoría General del Proceso Cátedra Dioguardi Juana U.N.L.Z., Maestrando en Sistemas de Resolución de conflictos U.N.L.Z