JURÍDICO ARGENTINA
Doctrina
Título:Contratación Pública y Blockchain
Autor:Tanno, Natalia
País:
Argentina
Publicación:Revista de Contrataciones Públicas - Número 2 - Diciembre 2019
Fecha:26-12-2019 Cita:IJ-CMIX-288
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1. Introducción
2. Blockchain y Smart Contracts
3. Aplicaciones locales
4. Conclusiones
Notas

Contratación Pública y Blockchain

Por Natalia Tanno [1]

1. Introducción [arriba] 

Hace tiempo vengo advirtiendo la metamorfosis de la contratación pública en Contratación Pública Inteligente o I-government procurement[2].

Esta nueva forma de comprar es consecuencia del impacto de las innovaciones tecnológicas más recientes como las cadenas de bloques (blockchain), y la inteligencia artificial (IA).

Corresponde, sin embargo, precisar que cada una de las tecnologías eleva a la contratación pública a este nuevo estadio, pero los resultados serán diferentes según cuál o cuáles (combinaciones) implementemos.

Por esa razón, en este trabajo me propongo hacer una aproximación hacia las particularidades de la Contratación Pública Inteligente cuando utilizamos tecnología blockchain.

2. Blockchain y Smart Contracts [arriba] 

2. a. Blockchain

Blockchain nace en 2008, de la mano de Satoshi Nakamoto (seudónimo del creador o creadores)[3], quien a través de la combinación de diversas tecnologías existentes creó un mecanismo que permite pagos directos entre personas sin requerir la actuación o autorización de instituciones como los gobiernos, los bancos centrales o las instituciones financieras; buscando superar la falla de todas estas instituciones a la hora de evitar los efectos de la crisis financiera mundial[4].

Para comprender de qué se trata, Blockchain Federal Argentina (BFA)[5] nos invita a pensarla "como un libro contable, una bitácora o una base de datos donde solo se puede ingresar entradas nuevas y donde todas las existentes no se pueden modificar ni eliminar. Esas entradas, llamadas transacciones, se agrupan en bloques que se van agregando, sucesivamente, al registro en forma de cadena secuencial, cada uno de ellos relacionado necesariamente con el anterior. En ese esquema, si quisiéramos corregir información ya registrada, solo lo podemos hacer mediante el agregado de nueva información. Los datos originales siempre van a permanecer y pueden ser fiscalizados en cualquier momento"[6].

Luego, “pensemos que ese registro en lugar de estar almacenado en un solo servidor, se replica permanentemente en un conjunto de computadoras (conocidos como “nodos”[7]) que forman una red de pares. Cada vez que alguien agrega una entrada al registro, esa transacción se suma a otras para componer un bloque. Este se agrega a la cadena y de forma casi automática se replica en todas esas computadoras conectadas. Así, se garantiza la seguridad de esa información ya que, por ejemplo, habría que “hackear” gran parte de la red y no solamente un servidor central para poder modificarla, borrarla o robarla”[8]. Esto hace del sistema un sistema descentralizado.

Blockchain permite establecer un entendimiento común sobre la realidad, en cualquier ámbito específico, manteniendo un registro oficial, que se basa en la confianza en el método, no ya en las personas ni en las instituciones. Esto constituye lo que se conoce como “sistema de confianza cero”[9].

2. b. Smart Contracts

Si bien Blockchain funciona como un registro de transacciones, también habilita la programación de tareas, través de los llamados “contratos inteligentes” o smart contracts[10].

Esa tecnología brinda la posibilidad de hacer acuerdos incensurables, irrebatibles, inmodificables y autoejecutables (por lo que no requieren de la voluntad de un sujeto obligado a cumplir su compromiso en el futuro), extendiendo así el carácter de sistema de confianza cero a la coordinación de acciones presentes y futuras entre agentes[11].

Los smart contracts son sistemas que, automáticamente, mueven activos digitales de acuerdo con reglas arbitrarias previamente especificadas[12].

Ya en 1995 Nick Szabo se refería a ellos como “un conjunto de promesas, incluidos los protocolos dentro de los cuales las partes cumplen otras promesas. Los protocolos generalmente se implementan con programas en una red informática o en otras formas de electrónica digital, por lo que estos contratos son “más inteligentes” que sus antecesores en papel. El uso de inteligencia artificial no está implicado”[13].

Una de las características de los contratos inteligentes es que no se requiere de una autoridad externa que se asegure del cumplimiento de los contratos, sino que su auto cumplimiento se garantiza mediante la ejecución automática del código de software. La plataforma más conocida que utiliza este concepto en su blockchain es Ethereum[14].

3. Aplicaciones locales [arriba] 

En año 2016 se creó Blockchain Federal Argentina (BFA). Se trata de una plataforma multiservicios abierta y participativa pensada para integrar servicios y aplicaciones sobre blockchain[15]. Individuos, organismos, instituciones o empresas de cualquier sector interesados en desplegar aplicaciones y servicios aprovechando todas las características de la plataforma, o simplemente contribuir al primer desarrollo de esta índole en el país, pueden sumarse a la iniciativa y comenzar a participar.

Esta propuesta invita a los Gobiernos, a otros actores de la industria y estratégicos en un desarrollo federal, descentralizado y colaborativo con vistas a fortalecer el vínculo entre la innovación tecnológica, la gestión pública y la participación ciudadana[16].

Actualmente, alguna de las partes de BFA son: Secretaría de Modernización (Neuquén), Secretaría de Modernización de la Nación, Subsecretaría de Sistemas y Procesos (CABA), Ministerio Público Fiscal (CABA), Universidad de Buenos Aires, Universidad de Palermo, Universidad Nacional de Córdoba, Universidad Nacional de San Juan, Universidad Provincial del Sudoeste (UPSO).

En materia de contratación pública, BFA propone incorporar blockchain a los procesos licitatorios[17]. Sostiene que esta tecnología posibilita el desarrollo de una plataforma para la compra de bienes y la contratación de servicios por parte del Estado que garantice transparencia e impida cualquier tipo de fraude.

Propone el siguiente esquema: En primer lugar, con la publicación del pliego los términos de la convocatoria se transforman en públicos e inalterables, los oferentes descargan los pliegos digitales, las ofertas se suben a la blockchain y se asegura que sean secretas e inmutables; el smart contract cierra la etapa de convocatoria en una fecha determinada y la aplicación ya no admite la presentación de ofertas; luego, el sistema da a conocer los sobres en una fecha establecida (acto de apertura de ofertas); en instancia de evaluación se puede programar para que las propuestas que no cumplan con los requerimientos queden automáticamente descalificadas; se adjudica la contratación y se notifica automáticamente al ganador; finalmente se puede fiscalizar la etapa de ejecución del contrato.

Destaca como ventajas que, al estar públicos en la blockchain, y llevar un sello de tiempo, todos los documentos que deben presentar los interesados acordes a los términos de la convocatoria son públicos e inalterables; blockchain ofrece las herramientas para que las ofertas digitales sean efectivamente privadas hasta la apertura de los sobres, esto optimiza los tiempos de presentación y a su vez, mitiga la desconfianza de los oferentes; la utilización de smart contract permite establecer parámetros facilitando la automatización del proceso, de manera transparente, permitiendo entre otras cosas aceptar propuestas o rechazar aquellas que no cumplan con los requerimientos, notificar automáticamente al ganador o ejecutar los procesos administrativos vinculados; la evaluación se realiza de forma virtual de acuerdo a las condiciones de la convocatoria, pero es completamente pública y transparente; se pueden fiscalizar las órdenes de compras y las etapas de cumplimiento hasta el fin del proceso, incluyendo la ejecución del contrato.

El sistema de contratación pública nacional COMPR.AR implementó una solución basada en blockchain para generar confianza sobre la confidencialidad e inalterabilidad de las ofertas cargadas digitalmente al sistema (sobre electrónico)[18].

4. Conclusiones [arriba] 

La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) ha señalado que la irrupción de esta tecnología de blockchain trae aparejadas oportunidades para América Latina y el Caribe. Es una tecnología que no requiere de grandes inversiones en equipamiento o instalaciones. Solo se requiere capacitación y esfuerzo humano y grandes cuotas de decisión. Por lo mismo, los costos de desarrollo son comparativamente bajos y abordables por cualquiera de los países de la región. Además, las fortalezas técnicas de la cadena de bloques permitirían reducir las fragilidades o amenazas que se ciernen sobre varios Estados de la región, como la corrupción, la fragilidad de la fiscalización y la dificultad para recaudar impuestos. En este contexto, la implementación de registros inmutables tendría un gran impacto positivo en la trazabilidad del gasto público o en los sistemas registrales, al igual que la puesta en marcha de procesos autoejecutables y de auto fiscalización normativa mediante contratos inteligentes[19].

Pablo Clusellas[20], advierte que la naturaleza de blockchain hace que sea una tecnología ideal para su implementación en procesos de gestión pública. El hecho de que sea organizada a partir de una red descentralizada y distribuida, y de que su arquitectura se encuentre basada en algoritmos criptográficos, como las funciones hash que permiten validar las transacciones en el registro, produce una estructura confiable, que puede sobrevivir si una de las partes de la red se ve comprometida. Esta tecnología es un complemento ideal de la Gestión Documental Electrónica[21].

Los contratos inteligentes reducen los costos de transacción, es decir, todos los controles, chequeos y procedimientos que deben ser realizados por terceros de confianza para redactar el contrato, vigilar su cumplimiento y efectivizar su ejecución en caso de incumplimiento. En este nuevo paradigma digital, donde la tecnología permite la introducción de instrucciones de comportamiento en el mismo hardware o software, hace posible que estos controles, chequeos y procedimientos sean llevados a cabo por el mismo componente tecnológico, bajo la forma de un protocolo que automatice estas actividades, eliminando así la interacción humana y las deficiencias asociadas a esta[22].

Dejemos para una futura discusión si al hablar de smart contracts nos referimos a un contrato inteligente o un contrato al que se llegó por un procedimiento inteligente. Es decir, si el contrato es el documento final o si el contrato es el protocolo.

Dejemos para otro futuro debate el análisis de los costos y beneficios de crear un protocolo que automatice las actividades involucradas en un procedimiento de contratación pública, y con las reglas de blockchain.

En esta instancia empecemos por asumir esta transformación de la que les hablo, con el impacto de estas nuevas tecnologías, que no son cosa del futuro sino de nuestro presente[23].

 

 

Notas [arriba] 

[1] Abogada con orientación en Derecho Público Administrativo por la Universidad de Buenos Aires (UBA). Directora del proyecto de Investigación sobre automatización y aplicación de tecnologías de avanzada en materia de compras públicas del Laboratorio de Innovación e Inteligencia Artificial de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Directora General de Adquisiciones y Contrataciones de Seguridad y Emergencias del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
[2] Ver Tanno, Natalia, “La transformación de la contratación pública”, RDA 2019-123, 27/06/2019, 457.
[3] Como base de funcionamiento de la criptomoneda bitcóin.
[4] COMISIÓN ECONÓMICA PARA AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE (CEPAL), Datos, algoritmos y políticas. La redefinición del mundo digital, Santiago de Chile, CEPAL, 2018, p. 48.
[5] Más adelante voy a referirme a Blockchain Federal Argentina.
[6] Conforme lo define Blockchain Federal Argentina, en https://bfa.ar/blo ckchain/blo ckchain.
[7] Es decir, cada uno de nosotros podríamos convertir nuestras computadoras en un nodo, descargando el software, y así tendríamos una copia de la blockchain. Van a existir tantas copias de la blockchain como nodos haya.
[8] https://bfa.ar/b lockchain/bl ockchain.
[9] COMISIÓN ECONÓMICA PARA AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE (CEPAL), Datos, algoritmos y políticas. La redefinición del mundo digital, Santiago de Chile, CEPAL, 2018, p. 47.
[10] https://bfa.a r/blockchain/ smart-con tracts
[11] COMISIÓN ECONÓMICA PARA AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE (CEPAL), Datos, algoritmos y políticas. La redefinición del mundo digital, Santiago de Chile, CEPAL, 2018, p. 47.
[12] BUTERIN, Vitalik, “Ethereum Whitepaper: A Next-Generation Smart Contract and Decentralized Application Platform”, p. 1.
[13] SZABO, Nick, “Smart Contracts Glossary”, 1995.
[14] COMISIÓN ECONÓMICA PARA AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE (CEPAL), Datos, algoritmos y políticas. La redefinición del mundo digital, Santiago de Chile, CEPAL, 2018, p. 51.
[15] https://bfa.ar/bfa/que-es-bfa
[16] CLUSELLAS, Pablo, Eduardo Nicolás Martelli, María José Martelo, “Un gobierno inteligente: el cambio de la Administración Pública de la Nación Argentina 2016-2019”, Ciudad Autónoma Buenos Aires, 2019, disponible en: https://www.bole tinoficial.gob.ar/pdf s/gobierno_ intelig ente.pdf, p. 150.
[17] https://bfa.ar/b lockchain/ca sos-d e-uso/licita cion es
[18] CLUSELLAS, Pablo, Eduardo Nicolás Martelli, María José Martelo, “Un gobierno inteligente: el cambio de la Administración Pública de la Nación Argentina 2016-2019”, Ciudad Autónoma Buenos Aires, 2019, disponible en: https://www.boletinof icial.gob.ar/p dfs/gobierno_ inteligente.pdf, p. 153.
[19] COMISIÓN ECONÓMICA PARA AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE (CEPAL), Datos, algoritmos y políticas. La redefinición del mundo digital, Santiago de Chile, CEPAL, 2018., p. 59.
[20] Secretario Legal y Técnico de la Presidencia de la Nación. Miembro del Comité de Reforma Administrativa de la Nación.
[21] CLUSELLAS, Pablo, Eduardo Nicolás Martelli, María José Martelo, Un gobierno inteligente: el cambio de la Administración Pública de la Nación Argentina 2016-2019, Ciudad Autónoma Buenos Aires, 2019, disponible en: https://www.b oletinoficial. gob.ar/pdfs /gobierno_i nteligente.pdf, p. 149 y 150.
[22] SZABO, Nick, “Formalizing and Securing Relationships on Public Networks”, en “Contratos Inteligentes o software obediente”, capítulo de Andrés Chomczyk en Fintech : Aspectos Legales, Mora, S y Palazzi, Pablo, p. 143.
[23] El 20 de noviembre de 2019 el Senado Nacional convocó a un encuentro en el que se debatió el uso de las criptomonedas en Argentina, https://www.senado.g ov.ar/parlam entario/Agend a/AgendaW eb/20,11,2019