JURÍDICO ARGENTINA
Doctrina
Título:Compras Públicas Sustentables en la Argentina
Autor:Aliciardi, María Belén - Durán Cassiet, Santiago
País:
Argentina
Publicación:Memorias - 14º Encuentro Internacional de Derecho Ambiental - Capítulo IX - Ambiente y Estado
Fecha:01-03-2016 Cita:IJ-XCV-178
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Sumarios

El Estado, atento a su gran capacidad de compra -que representa una porción sustancial del Producto Bruto Interno- debe dar el ejemplo comprando bienes y servicios, respetando el ambiente y promoviendo la inclusión social. Las compras de ese tipo son comúnmente llamadas Compras Públicas Sustentables (CPS). En virtud de éstas, el Estado no sólo tiene en cuenta criterios económicos como el precio, sino también ambientales como por ejemplo productos en cuyo método de elaboración emite menos Gases de Efecto Invernadero que otros y, criterios sociales como productos en cuya fabricación participen personas con capacidades disminuidas-. Las mismas representan una gran oportunidad para cambiar los patrones de consumo hacia modelos sustentables, a través del uso de herramientas que permitan influir en el mercado, fomentando la producción de bienes y servicios amigables con el ambiente y socialmente responsables. Las CPS ya se están implementando a nivel internacional y Argentina está dando los primeros pasos en este tema.


The State, because of its large purchasing power - representing a vast portion of the gross domestic product (GDP)-must lead by example buying goods and services, which respect the environment and promote social inclusion. Purchases of this kind are generally called Sustainable Public Procurement (SPC). They compel the State not only to take into consideration the economic factor such as the price, but also the environmental factor such as products whose manufacturing method emits less green house gases than others, and social factor like products whose making includes handicapped people. SPC represent a great opportunity to change consumption patterns towards sustainable models, through the use of tools to influence the market, encouraging the production of environmentally friendly and socially responsible goods and services. The SPC are being internationally introduced and Argentina is taking the first steps towards it.


Introducción
I. Criterios de Sustentabilidad de las CPS
II. La importancia de que el Estado implemente las CPS: Beneficios de las CPS
III. Experiencias extranjeras de implementación de las CPS
IV. Experiencia nacional en la implementación de las CPS
Conclusiones
Referencias bibliográficas
Notas

Compras Públicas Sustentables en la Argentina [1]

María Belén Aliciardi [2]
Santiago Durán Cassiet [3]

En homenaje a nuestra amiga Mariana García Torres

Introducción [arriba] 

“El Estado puede, y debe, ser el motor de una Economía Sostenible”

Claudio Loyola Castro, Jefe Mercado Publico Ministerio de Hacienda de Chile[4]

El Estado es normalmente el principal consumidor de la economía nacional, y ello se ve reflejado en el porcentaje que representan sus transacciones en el Gasto Público dentro de la fórmula del Producto Bruto Interno, superior al 30 % en los últimos años (Villegas:2009: 47). Según la Organización Mundial del Comercio (OMC), las compras estatales representan entre el 10% y 15% del producto interno bruto mundial (WTO, 2011). Por lo tanto el desempeño del Sistema de Compras Públicas es clave para cualquier economía y su desarrollo, y representa una gran oportunidad para cambiar los patrones de consumo hacia modelos sustentables, a través del uso de herramientas que permitan influir en el mercado, fomentando la producción y el suministro de bienes y servicios amigables con el ambiente y socialmente responsables.

Las compras sustentables (en adelante, CS), son aquellas en cuyos procesos de contratación se consideran las variables económicas, sociales y medioambientales. Realizamos CS cuando nuestros requerimientos buscan un adecuado equilibrio entre estas tres variables con los diferentes factores, productos o servicios que contratamos.

Las compras públicas sustentables (CPS) se definen como “el proceso mediante el cual las organizaciones satisfacen sus necesidades de bienes, servicios, obras y servicios públicos obteniendo el ‘mejor valor por el dinero gastado’ en términos de generación de beneficios no sólo para la organización sino también para la sociedad y la economía, al tiempo que se minimizan los daños al ambiente”.[5]

Es decir que es un proceso mediante el cual los Organismos Públicos se proveen de bienes, servicios e insumos para poder llevar a cabo sus funciones públicas, con el claro objetivo de lograr en el momento de su adquisición, el mejor rendimiento del dinero público, no solo desde el punto de vista económico, sino también atendiendo aspectos sociales y ambientales.

La importancia relativa que tiene el Estado en el mercado, tiene un doble rol. Por un lado es un gran consumidor de bienes y servicios y por otro, interviene en los procesos productivos que los generan. Ello representa una oportunidad importante para apalancar el desarrollo de un mercado de bienes y servicios sustentables; demostrando así el grado de importancia de las acciones estatales y la capacidad de poder proyectar y proporcionar mecanismos para satisfacer las exigencias de los roles que desempeña.

Para ello, la incorporación de medidas tendientes a la sustentabilidad social y ambiental debe formar parte de una programación gradual, debido a que requiere una redefinición de algunos de los conceptos y procedimientos de contrataciones públicas, entre ellos, la evaluación de la oferta más conveniente basada en el esquema del precio más bajo; es decir que se trata de trascender la noción de que una contratación pública, para ser considerada “eficiente”, no sólo debe arribar a un resultado económicamente conveniente, sino que además ésta, debe contribuir a la protección del ambiente y al fomento de una producción sostenible, social y ecológica.

Este criterio ya ha sido implementado en varios países y nuestro país no es la excepción. Por eso el objetivo de este trabajo es analizar la experiencia internacional en el tema para canalizarla en beneficio de nuestro país.

I. Criterios de Sustentabilidad de las CPS [arriba] 

Las CPS también son conocidas como licitaciones públicas sustentables, compras y contrataciones verdes, eco-adquisiciones, compras ambientalmente amigables, compras responsables, contrataciones públicas responsables, compras inclusivas responsables, compras públicas éticas, entre otras. Pero preferimos llamarlas compras públicas sustentables, para agrupar los criterios ambientales y los sociales, ya que términos como verde o eco o inclusivas generarían confusión. Hay distintos criterios que se pueden incorporar al procedimiento de las compras para el desenvolvimiento del Estado en el cumplimiento de sus funciones, entre los que mencionaremos criterios ambientales y éticos (o sociales). Dichos criterios muchas veces se identifican con etiquetas[6] en los productos que suministran información al consumidor.

A) Criterios Ambientales: Buscan que los bienes o servicios a adquirir generen el menor impacto posible en el ambiente durante todo su ciclo de vida, que cumple la misma o mejor función que un producto no ecológico y que alcanza las mismas o mejores cuotas de calidad y de satisfacción para el usuario, teniendo en cuenta:

1) La Materia prima utilizada para la fabricación del producto, ya que apunta a la conservación de los recursos naturales y bajo impacto de los materiales, como por ejemplo:

1)- Utilización de materiales reciclables o reciclados (papel 100% reciclado, bolígrafos o mobiliario de oficina fabricados en plástico PP reciclado),

- Utilización de materiales no tóxicos para la salud o el ambiente (colorantes no cancerígenos o no alergénicos en el papel, las prendas de trabajo o no utilización de agroquímicos en los alimentos),

- Utilización de materiales que provengan de recursos renovables gestionados de manera sostenible (por ejemplo, papel certificado FSC o producido con fibras alternativas como ser bambú, cáñamo, yute, Kenaf, carrizo y de caña de azúcar).

2) El Proceso de fabricación del producto, por ejemplo:

- Producción limpia y reaprovechamiento de componentes de productos en sus procesos productivos limpios,

- Disminución de los impactos ambientales (consumo de agua y energía, además de emisiones que incluyen requerimientos para emanaciones de CO2),

- No hayan sido experimentadas en animales (como los productos de limpieza o cosméticos).

3) El Uso del producto elaborado, por ejemplo:

- Eficiencia energética de los productos durante su uso[7], o de bajo consumo de energía (material informático y ofimático) y de agua (sistemas ahorradores de agua),

- Larga vida útil[8] (durabilidad de los bienes)

- Que pueda emplear energías renovables (calderas de biomasa y solares)

- Que sea reutilizable(ejemplo cartuchos recargables);

4) La Distribución del mismo: que se utilice un sistema de transporte eficiente y/o menos contaminante (ejemplo en barco o tren) y/o que la producción del bien sea local, minimizando los requerimientos de transporte y, por lo tanto, el uso de combustibles fósiles y de allí que se disminuya la huella de carbono y las food miles.

5) El Fin de vida del producto, por ejemplo:

- Que el bien sea reciclable,

- Que se adquieran bienes mono materiales y materiales compatibles que faciliten el reciclaje y sea fácilmente reparable (Partes reparables y separables), -que se reduzca todo lo posible el embalaje, (escasa producción de desechos[9]), y en su caso que el tratamiento dependa del fabricante (responsabilidad extendida del productor, ejemplo electrónicos, pilas y baterías, etc.)

- Que sea recargable (tóner, correctores ortográficos, portaminas, etc.).

B) Criterios Sociales (éticos): Buscan promover condiciones que favorezcan la equidad social[10]:

1) Garantizar a los trabajadores salarios y condiciones laborables justas,

2) Asegurar que no existe explotación infantil,

3) Las organizaciones productoras deben destinar una parte de sus beneficios a las necesidades básicas de su comunidad: sanidad, educación, agua, saneamiento y seguridad alimentaria (políticas de participación en la comunidad y/o responsabilidad social empresaria),

4) El funcionamiento de las organizaciones productoras debe estar basado en la participación y la democracia, y velar por la igualdad entre hombres y mujeres(igualdad de oportunidades),

5) Las relaciones comerciales se fundan en el diálogo, la transparencia y el respeto mutuo, asegurando que sean a largo plazo y garanticen una parte del pago una vez formalizado todo lo pactado según contrato,

6) Los productos son elaborados bajo normas de calidad, y aspectos sociales ligados a las prendas: cualidades respetuosas con el cuerpo humano, tallas, formas, texturas.

c) Criterios Ambientales y Sociales

Las denominadas Empresas B, surgidas en California, Estados Unidos en el 2006[11], con la creación de B Corporation quien certifica a aquellas empresas que combinan la visión de negocio con la solución a problemas sociales y ambientales. En nuestro país, desde 2012, existe Sistema B, una ONG que representa a B Lab en Sudamérica –Colombia, Brasil, Chile y Argentina-. Hoy existen 859 compañías certificadas en 27 países, de las cuales 74 están en Sudamérica y 15 en Argentina.

II. La importancia de que el Estado implemente las CPS: Beneficios de las CPS [arriba] 

a) Ambientales y Sociales:

• Promociona la conciencia ambiental y social de los proveedores, de los compradores y de la comunidad en general.

• Es una herramienta útil para promover mejoras sociales, ej. adecuadas condiciones laborales de contratistas y obreros, integración de personas con capacidades diferentes, apoyar acciones de comercio justo etc.

• Contribuye a mejorar la calidad de vida, tanto desde el punto de vista sanitario, ambiental y social de los ciudadanos.

b) Políticos y Económicos:

• Optimiza la eficiencia de la administración pública y le permite reducir costos de uso de bienes y servicios.

• Constituye un apoyo para los proveedores de bienes y servicios sustentables, al tiempo que fomenta la incorporación de innovación.

• Brinda mayor transparencia y ética en la relación con los proveedores.

III. Experiencias extranjeras de implementación de las CPS [arriba] 

Fue en la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sustentable de Johannesburgo, en diciembre de 2002, donde se incorporó una nueva variable como corresponsable del deterioro del planeta: el consumidor. En esta Cumbre se impulsó específicamente a las autoridades públicas a “fomentar políticas de contratación pública que favorezcan el desarrollo y la difusión de mercancías y servicios favorables al medio ambiente”. En el 2003 se consolidó en Marruecos un proceso de diálogo y acción a nivel internacional para avanzar en el desarrollo de los conceptos de consumo y producción sustentables, llamado Marrakech Task Force (MTF), incluyendo un grupo dedicado a las Compras Públicas Sustentables.

A comienzos del año 2013, la Organización Internacional de Normalización (ISO) tomó la decisión de avanzar en el estudio de una norma internacional sobre compras sostenibles (ISO 20.400).

- En Europa:

La UE[12] posee un gran desarrollo de las CPS. Los países con larga tradición y cultura ambiental donde se había iniciado la compra y contratación verde y donde también se habían desarrollado las etiquetas ecológicas han sido los que más han avanzado en la Compra Verde, como el denominado “grupo de los siete” (Finlandia[13], Suecia[14], Austria[15], Holanda[16], Alemania[17], Reino Unido[18] y Dinamarca[19]). En el resto de países de la Unión Europea, algunos ya han aprobado sus planes nacionales de Compra Verde, mientras que otros aún están empezando su andadura en este tema. - En Asia:

· Japón: Posee una Red de Compras Verdes de los diferentes sectores (uso de servicios, computadoras, etc.).

- En Australia:

· Programa Eco-buy: De U$S 4,6 millones CS en 2001 a 26 millones en 2003.

- En América:

La Organización de Estados Americanos (OEA) estableció un Acuerdo de “Compras Públicas Sostenibles”.

Algunos ejemplos americanos son los siguientes:

· Estados Unidos: Desde 1993, el gobierno compra sólo aquellos equipos de tecnología que cumplan con el programa Energy Star.

· Chile[20]: En marzo del 2012 se publicó la “Política de Compras Públicas Socialmente Responsables” y ha desarrollado un aplicativo que permite a los compradores públicos asociar cláusulas y criterios de evaluación de sustentabilidad en su tienda virtual Chile Compra Express, donde la información de las etiquetas aparece asociada a los productos y a los productores automáticamente en cada compra.

· Ecuador: la Constitución regula las CPS (art. 288).

· Perú: Normativa específica sobre CPS (Decreto Supremo 184-2008-EF)

· Brasil: Decreto 7746/2012 establece reglas y un porcentaje mínimo de compras de “productos verdes” en las licitaciones públicas, y presenta en su sitio electrónico sobre Compras sustentables un catálogo de productos sustentables que se encuentran registrados en Compras Net, el sistema de compras del Gobierno Federal. Para el comprador es sencillo verificar, ya que en Compras Net basta con tildar “ítems sustentables” para ver los proveedores que cumplen.

· Venezuela: Ha incorpora el compromiso de RSE en el Reglamento de la Ley de Contrataciones Públicas, y alcanza a las ofertas presentadas en las modalidades de selección de contratistas así como en los procedimientos cuyo monto total, incluidos los tributos, superen un umbral establecido en unidades tributarias.

· Paraguay: La Resolución DNCP Nº 1675/2010 incluye un capítulo específico sobre CPS en un boletín de distribución mensual.

· Colombia: Proyecto Piloto CPS para: café orgánico, bombillas eléctricas, papel reciclado, industrias gráficas, materiales de construcción.

· Costa Rica: En 2006 estableció un sistema para la valoración y comparación de ofertas que otorga puntos según características comprobables de calidad, tiempo de entrega y otras variables del servicio/producto y por desempeño ambiental.

· MERCOSUR (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay): Decisión N° 26/07 de “Producción y Consumo Sostenible” y en ese marco, el Subgrupo de Trabajo N° 6 desarrolló un Proyecto Piloto de CPS MERCOSUR para evaluar las condiciones político-institucionales y de capacidades de los cuatro países miembros para incluir criterios de sustentabilidad en el Protocolo de CP. [21]

IV. Experiencia nacional en la implementación de las CPS [arriba] 

En Argentina el Acuerdo de Financiación en Pequeña Escala (SSFA) entre la Secretaría de Gabinete y Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación (SGGP) y el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), dió lugar al nacimiento de un proyecto coordinado por la Oficina Nacional de Contrataciones (ONC), titulado “Desarrollo de Capacidades para las compras públicas sustentables en Argentina”.

Por su parte la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de Nación (SAyDS), firmo el 15/03/2003 con la SGGP, un Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica cuyo objeto es, entre otros “la creación de mecanismos que favorezcan el fomento de las Compras Sustentables en el Sector Público Nacional y la adopción de buenas prácticas en la administración tendientes a lograr un uso más eficiente de la energía, la optimización de recursos, la minimización en la generación de residuos, su disposición y colecta selectiva para su posterior reutilización o reciclaje”. Uno de los compromisos asumidos como prioritarios por la SAyDS en este convenio es las Compras Sustentables de papel en especial de papel de impresión y escritura libre de cloro elemental y papeles de tisúes sanitarios y absorbentes cuya composición tenga un alto porcentaje de papel reciclado, alentando la compra a aquellas empresas que se encuentren dentro del PRI-CEPA.

El nuevo Código Civil y Comercial Unificado (CCCU) en su artículo Nº 1094 habla del “acceso al consumo sustentable”.

El Decreto nacional Nº 1289/2010 incorporo al ordenamiento jurídico la mencionada Decisión N° 26/07 del MERCOSUR.

Por su parte el Reglamento de Contrataciones, aprobado por Decreto N° 893/2.012 que actualmente nos rige, en su Título VI se refiere a las CPS (artículos 194/199). La normativa establece que la ONC es la encargada de desarrollar, mecanismos que promuevan la adecuada y efectiva instrumentación de criterios ambientales, éticos, sociales y económicos en las contrataciones públicas. Continua diciendo que los criterios de sustentabilidad deberán garantizar el mejor impacto al ambiente, mejores condiciones éticas y económicas, así como el cumplimiento de la legislación laboral vigente, en especial lo que se relaciona con condiciones dignas y equitativas de trabajo y ausencia de trabajo infantil. En cuanto a los pliegos, la ONC elaborará modelos de pliegos particulares para determinados bienes o servicios específicos indicando los criterios de sustentabilidad que deberán cumplir, los que serán de utilización obligatoria para las jurisdicciones y entidades contratantes. Asimismo, podrá exigir que en los pliegos de bases y condiciones particulares que los organismos contratantes aprueben se incluyan cláusulas con determinados criterios de sustentabilidad específicos. Los oferentes que cumplan con los criterios de sustentabilidad fijados en los respectivos pliegos de bases y condiciones particulares, podrán presentar ofertas por parte del renglón, en el porcentaje que se fije en el pliego que no podrá ser inferior al 20% del total del renglón. Si en el pliego de bases y condiciones particulares no se fijara dicho porcentaje, se entenderá que podrán cotizar el 20% de cada renglón.

Con respecto a los criterios sociales específicamente encontramos:

· Decreto Nº 312/2010 establece que “en aquellas situaciones en que hubiere tercerización de servicios […] deberá incluirse en los respectivos Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, que el proponente deberá contemplar en su oferta la obligación de ocupar […] a personas con discapacidad, en una proporción no inferior al 4% de la totalidad del personal afectado a la misma”. reglamentada recientemente por la Disposición 21/2015 de la Oficina Nacional de Contrataciones.

· El Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) está llevando a cabo un programa para empresas de indumentaria denominado “Programa de Certificación INTI Compromiso Social Compartido”, cuyo objetivo es promover y certificar, de manera independiente, el cumplimiento de ciertos requisitos que demuestren que las actividades que se desarrollan en este ámbito se realizan bajo condiciones humanas, éticas y legales, contribuyendo así con sus recursos humanos y tecnológicos a la consolidación de un modelo de producción y consumo sustentable, en términos sociales, económicos y ambientales (Bellingi y otro: 2011). Esta certificación tiene también otro aspecto novedoso, el término compartido “hace referencia a las responsabilidades no solo del productor y del Instituto, sino también de los consumidores, actores de la sociedad civil y gubernamentales que deben acompañar el esfuerzo”. [22] Y poseen el Plan Compremos lo nuestro, iniciativa que también cuenta con el apoyo del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, a través de la cual los pequeños productores y sus organizaciones comercializan y publicitan sus productos a lo largo y ancho de nuestro país, durante las 24 hs., de manera gratuita. Y se creo el Ente de Cooperación Técnica y Financiera del Servicio Penitenciario Federal, para incluir el trabajo penitenciario (ENCOPE[23]) mediante Ley Nº 24.372.[24] .

· La Administración Federal de Ingresos Publico (AFIP) emitió la Resolución General (RG) 3642/2014 que modifica la RG 3424/2012 sobre el “Registro de Contribuyentes Socialmente Responsables”. Esta nueva resolución amplia los detalles técnicos respecto a cómo llevar adelante el Registro mencionado. El sistema RegistraRSE tiene como objetivo el reconocimiento público de aquellos contribuyentes que, en virtud de su compromiso frente a la comunidad, evidencien un correcto y responsable comportamiento en los aspectos social y/o económico. Los contribuyentes que quieran participar de este registro deben dar de alta al menos un programa que responda a las prácticas de RSE y además demostrar que el 100% de su nómina de personal está declarada ante la AFIP debiendo superar los 300 empleados, estar al día y no tener denuncias penales relacionadas con las obligaciones tributarias, aduaneras y previsionales, y no formar parte de la lista de contribuyentes no confiables. Dichas empresas formarán parte de los programas de difusión comunicacional del organismo y los próximos pasos seguramente estarán orientados a su cumplimiento por parte de todas las empresas proveedoras o contratistas del Estado Nacional.

· El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, creo la Subsecretaría de Responsabilidad So­cial en diciembre de 2011, para llevar a cabo acciones sustentables y sostenibles. También ha creado la marca “Emprendedores de Nuestra Tierra” con el objetivo de potenciar una identidad y generar trabajo a productores, artesanos y artistas de todo el país, que llevan adelante emprendimientos de calidad creados en armonía con el ambiente. Ha presentado el Catálogo de emprendedores para compras sustentables, el cual busca articularlos con empresas y organizaciones sociales. El mismo Ministerio en el 2013 firmó un convenio con el Ministerio Nacional de Relaciones Exteriores y Culto, por el cual impulsa un proceso de CPS, estableciendo la asistencia a productores de la economía solidaria en el mercado local e internacional y propicio la generación de oportunidades de empleo.[25] Y posee un Registro Único de Organizaciones de Responsabilidad Social, para poder inscribirse las instituciones deben ser visitadas por el Ministerio, y si bien dicha inscripción no exime de impuestos, es un premio y una carta de presentación, que sirve como plus y valor. Hoy ya forman parte 50 organizaciones y están siendo evaluadas unas 80 más.

· Los organismos públicos nacionales pueden contratar de forma directa a los “monotributistas sociales”, categoría tributaria diseñada para aquellas personas que estén realizando actividades económicas de producción, servicios o comercialización, y vean dificultada su inserción en la economía formal por encontrarse en situación de vulnerabilidad social y económica. El organismo encargado de gestionar el Monotributo Social es el Registro Nacional de Efectores creado por el Decreto Nº 189/2004, de Desarrollo Local y Economía Social que depende de la dirección Nacional de Fomento del Monotributo Social. [26]

Ahora bien, conociendo el producto que necesitamos, podemos incorporar las variables sustentables:

1.- Durante las actuaciones previas a la contratación, en la etapa de preinversión (Ley Nº 24.354).

2.- Al determinar el objeto de contrato o sea sus especificaciones técnicas, (arts. 39 d) y 45 inc. b) y d) Decr. 893/2.012, por ejemplo que el objeto en la solicitud diga: “papel reciclado” y no “papel”)[27],

3.- Al elaborar los pliegos de bases y condiciones particulares que regirán la contratación (art. 44 decreto 893/2012 y art. 32 de la Resolución Nº 1107/2014 de la Procuración General de la Nación[28])

4.- Al evaluar y adjudicar a la oferta más ventajosa (art. 80 Decr. 893/2012 dispone que al nombrar la Comisión evaluadora se pueden nombrar peritos técnicos que sepan de criterios de sustentabilidad)

5.- En la ejecución del contrato (condiciones de ejecución)[29] y

6.- Durante la auditoría o control ex-post.[30]

Finalmente debe reconocerse que habría que contemplar la responsabilidad del funcionario por los impactos ambientales y sociales negativos, que los bienes o servicios adquiridos por su administración tienen durante su ciclo de vida.

Ahora la pregunta… ¿Cómo implementar y evaluar en el caso concreto los criterios de sustentabilidad garantizando los principios de transparencia, concurrencia y de igualdad y no discriminación en el trato establecidos en el art. 3 del Decreto Nª 1023/2001?

Por un lado es importante el Nuevo Manual de Procedimiento Único de Catalogación y Sustentabilidad de la ONC que contempla, en el Capítulo XVIII "Sistema de Información de Bienes y Servicios Sustentable", Criterios de Sustentabilidad y Sostenibilidad en la Contrataciones, en los que se incluye Relevamiento de los Materiales de Envases Contratados, Criterios de Eficiencia Energética, Gestión Forestal Sostenible, Reutilización y Reciclaje de Envases, Alimentos Libres de Gluten, utilización de Baterías Recargables, entre otros. Y por otro lado sería ideal que al momento de la evaluación de ofertas se incorporara una planilla tipo común a toda la administración central y descentralizada, que contenga todos los criterios ambientales y sociales. Los cuales deben ser previamente puntualizados por la Comisión de Evaluación de ofertas, a los fines de que cuando se presenten ofertas que acrediten de manera documental el criterio afirmado, el oferente sepa el puntaje que recibirá. De esta manera a la hora de evaluar las condiciones técnicas del producto, y del oferente también se tendrán en cuenta estos criterios para la evaluación, y no solo el precio. Y todos los oferentes sabrán cuáles son las condiciones antes de presentarse.

Conclusiones [arriba] 

Sin dudas, que la normativa nacional sobre contrataciones públicas del Decreto 893/2.012, al incorporar las pautas de desarrollo sostenible y sociales como criterios de evaluación de las ofertas (art. 194/199), y su mención en el CCCU son un paso fundamental en el avance del tema, pero para su efectividad debe ser indefectiblemente acompañado por una fuerte labor de capacitación y concientización sobre la importancia de las CPS como instrumento de gestión ambiental y social del Estado tanto para los funcionarios como para sus proveedores. Si bien nos falta mucho camino por andar, contamos con la ventaja de poder analizar y capitalizar la valiosa experiencia desarrollada al respecto por otros Estados y regiones y adaptarla a las particularidades y procedimientos regionales y locales de nuestro país. Vale destacar que sería importante que se sancione una ley a nivel nacional que regule específicamente el tema y que la misma sea debidamente reglamentada, incluyendo una planilla con los criterios de sustentabilidad ambiental y social y sus puntajes para que las compras públicas, además de sustentables sean transparentes e igualitarias para todos los oferentes.

 

Referencias bibliográficas [arriba] 

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Notas [arriba] 

[1] El presente artículo es un resumen y actualización de nuestro artículo titulado “Compras Públicas respetando el ambiente con inclusión social en la Argentina” (1994-2004) publicado en la Revista Estado y Políticas Publicas N° 3: Recursos naturales estratégicos, Desarrollo inclusivo y Medio Ambiente. Flacso 2014.Pags. 131-155. 2014. Ver: http://p olitic asp ubli cas.f lacso.or g.ar/fil es /re vistas /1 414 73 7597_ar tic ulo-2. pdf y de nuestro artículo “Compras públicas sustentables en la Argentina” publicado en RAP Nº 435. Pags. 45-76. Dic.-2014. Ver: http://www .revis tara p.co m.ar/ De recho/ admin istr ativo/dere cho_a dmi nistr ativo _i_r1/1ad m 006309  922 6 000. h tml (con Clave Rap).
[2] Abogada, Notaria y Mediadora (UNC). Especialista en Derecho Ambiental (UBA). Maestrando en Gestión Ambiental (UNSAM). Jueza de Faltas Municipales de Villa Ascasubi (2005-2011). Asesora de ACUMAR (2011-2014). Jefa Legal Ambiental en Belgrano Cargas y Logística SA (2014-). Autora de artículos ambientales. Expositora de temas ambientales. Correo electrónico: aliciardimbelen@hotmail.com
[3] Abogado (UBA). Maestrando en Derecho Administrativo (U. Austral). Asesor de Director en ERAS (2009-2013). Asesor Gerente en ENARSA (2013-). Correo electrónico: sdurancassiet@gmail.com
[4] Ver: http:/ /m e dia.eclac .org/tic/ppt /2 2/07% 20C la udio%2 0Lo yo la.pdf
[5] Definición adoptada por el Grupo de Trabajo Internacional de Marrakech de Compras Públicas Sustentables adoptó en su primera reunión en base a la política de SPP del Reino Unido, 2006.
[6] Las Etiquetas pueden ser sobre el ciclo de vida que hace referencia al detalle de todo el proceso productivo del producto e incluye sus características para ser convertido en desecho al final de su vida útil. Otras son las Etiquetas sobre declaraciones ambientales del producto que hacen referencia a criterios técnicos que también pueden estar detallados en el producto, en forma de diagramas y consumo de recursos, calentamiento global, etc.
[7] Que impactará en el costo de funcionamiento y operación del bien a lo largo de su vida útil.
[8] Cuántos años podrá ser utilizado el bien. Su costo de reposición incidirá en los presupuestos con un plazo menor cuanto menor sea su vida útil.
[9] En el caso de ser un bien considerado peligroso por la normativa ambiental, demandará una adecuada gestión con elevados costos y complejos trámites para la administración de lo haya adquirido y utilizado
[10] Las Convenciones básicas relativas a derechos labores de la OIT son: convenciones 29 y 105 (supresión del trabajo forzado u obligatorio en todas sus formas), 87 (derecho de todos los trabajadores y empleadores de formar y unirse a organizaciones de su propia elección sin autorización previa), 98 (derecho a organizarse y promover la negociación colectiva), 100 (equidad en cuanto a salario y beneficios para hombres y mujeres en trabajo de igual valor),111 (políticas nacionales para eliminar la discriminación en acceso a empleo, formación y condiciones laborales por razones de raza, color, sexo, religión, opinión política, extracción nacional u origen social y para promover igualdad de oportunidades y tratamiento) y 138 (abolición del trabajo infantil estableciendo que la edad mínima para admisión al empleo no debe ser menor que la edad de finalización de la escolarización obligatoria).
[11] California se acaba de convertir en el 6º estado americano en crear legalmente una categoría para este tipo de empresas, que pasan a estar obligadas a buscar un efecto positivo en la comunidad y el ambiente. Por la ley AB 361, aquellas compañías catalogadas como Benefit Corporations deben tener en cuenta a la comunidad, el ambiente, los empleados y los proveedores al tomar decisiones de negocio. Establece una mayor dosis de transparencia y rendición de cuentas. Deben presentar un reporte, que debe ser auditado externamente, en el que se detalle su dimensión social y ambiental.
[12] En 1997 el Tratado de Ámsterdam de UE incorpora el desarrollo sostenible como un objetivo general que ha de integrarse en las políticas y acciones de la Comunidad. Las Directivas -2004/17 y 2004/18 han facilitado la inclusión de criterios ambientales y sociales desde las etapas iniciales del proceso de compras y contrataciones públicas, así como la adaptación de los marcos legales en los países miembro.El Parlamento Europeo ha aprobado en el 2014 las nuevas normas de contratación pública que introducen criterios sociales y ambientales en las licitaciones y fija condiciones más estrictas para la subcontratación. Además, incluye un fuerte respaldo a las certificaciones de Comercio Justo. En la actualidad el volumen de compras verdes alcanza el 16% del PBI Europeo, equivalente al tamaño de la economía de Alemania.
[13] En Finlandia, el 70% de las Compras son Verde para 2010 y se prevé que el 100% lo será para el 2015. Y las Municipalidades el 25% para 2010 y el 50% para 2015.
[14] En Suecia, es obligatorio para agencias del Gobierno la implementación de CS. Asi como es obligatorio la compra o alquiler de coches y servicio de taxis con criterios ecológicos.
[15] En Austria, a partir del 2011 el uso de criterios básicos de la UE en todas CP es obligatorio.
[16] En Holanda, el 100% de las Compra fueron Verdes en el 2010. En las Provincias el 50% en el 2010 y se prevé que el 100% en 2015. Y en las Municipalidades el 75% en 2010 y el 100% en 2015.
[17] En Alemania, el objetivo obligatorio es usar el Análisis del Ciclo de Vida. A nivel federal es obligatoria la compra de madera legal y sostenible.
[18] Londres ha implementado los Códigos de contratación pública ecológica para la fabricación y utilización de bienes, incluyendo la eliminación final.
[19] En Dinamarca, los criterios ambientales son obligatorios para ciertos productos.
[20] En Chile la ley de compras públicas, ley 19.886/2003 recomendaba la consideración de factores ambientales y sociales en las transacciones del Estado, estas sugerencias eran más bien de carácter implícito y no establecían condiciones específicas, obligatoriedad ni sanciones por incumplimiento, especialmente el artículo 6°. Con la promulgación de Decreto Supremo (Hacienda) 250/2004 de la ley 19.886 se establecieron criterios que discriminan por comportamientos socialmente responsables de las empresas oferentes.
[21] Dicho Subgrupo de trabajo del MERCOSUR recomendó “Incorporar criterios de sustentabilidad generales en el Protocolo de Contrataciones del MERCOSUR o su reglamentación. De esta manera, tales criterios se aplicarían transversalmente para todos los bienes y servicios de las contrataciones alcanzadas por este instrumento” e “Incorporar criterios de sustentabilidad más específicos en las especificaciones técnicas y/o criterios de selección de ofertas de determinados bienes y/o servicios.” Y a modo ejemplificativo, indicó algunos criterios generales que se podrían considerar al momento de la compra o contratación de un bien o servicio, y que se deberían contemplar durante las fases de producción, uso, mantenimiento, operación y disposición final del mismo: 1.- Reducción en el uso de energía, 2.- Reducción de las emisiones al aire / suelo / agua, 3.- Reducción de residuos asociados a productos y procesos, 4.- Adecuado uso de recursos o suelo, 5.- Eliminación de contenidos de materiales tóxicos o peligrosos, 6.- Incremento de la biodegradabilidad de los materiales, 7.- Incremento de la reciclabilidad de los materiales, 8.- Incremento del contenido de material reciclado o renovable, 9.- Uso de productos con larga vida útil, 10.- Uso de elementos fácilmente reparables, 11.- La certificación de normas ambientales y /o ecoetiquetas, 12.- La incorporación de mayor cantidad de productos Orgánicos, 13.- Reducción del material de empaque y 14.- Priorización de productos producidos local o regionalmente.
[22] Por ejemplo, el Ministerio de Defensa de la República Argentina emitió la Resolución Nº 896/2007, en la cual se dispone que se incorpore en los pliego de bases y condiciones particulares de las licitaciones que se realicen en el Ministerio de Defensa, el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Estado Mayor General del Ejército, el Estado Mayor General de la Armada y el Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, para la provisión de indumentaria, la siguiente cláusula: “Será requisito imprescindible para acceder a la presente Licitación que el postulante se obligue a proveer prendas confeccionadas en empresa/s adheridas al Programa de Certificación INTI de Compromiso Social Compartido para empresas de Indumentaria.” De esta forma, desde el Ministerio se promueve que las empresas textiles que sean proveedoras del mismo, cumplan con el Programa de Certificación del INTI. En el 2012 la empresa ONMBU se convirtió en la primera empresa en cumplir esta certificación.
[23] Ver: http://www. encop e.c om.ar/
[24] Ver texto de ley: http://w ww.in foleg .gob.ar/infol egInter net/a nexo s/65 000-69 999 /6746 7/nor ma.h tm
[25] Por ejemplo uno de los regalos entregado al Papa Francisco provino de estos emprendedores.
[26] En selección aplicable para elegir al contratista estatal, el Decreto Nº 1023/2001, dispone en su artículo 25, inciso d), apartado 10, lo siguiente: “Art. 25. — PROCEDIMIENTOS DE SELECCION. Los procedimientos de selección serán:…d) CONTRATACION DIRECTA. La selección por contratación directa se utilizará en los siguientes casos: …10. Los contratos que previo informe al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, se celebren con personas físicas o jurídicas que se hallaren inscriptas en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social, reciban o no financiamiento estatal. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, para las contrataciones que se autoricen a partir de esa fecha.” (apartado incorporado por Art. 1 Decreto 204/2004).
[27] En la página www.com pras net.gov.ar ya se pueden encontrar una lista de los productos y servicios sustentables incluidos en el sistema de compras del Gobierno Federal, que van desde el papel reciclado a “tecnología verde” (computadoras construidas con menor material tóxico y más biodegradable, reciclado y que no contengan encima de la cantidad recomendada por la directiva RoHS sustancias peligrosas como caucho, cromo o cadmio).
[28] En los 3 párrafos in fines de dicho artículo se establece que: “Con el propósito de promover la sostenibilidad social y ambiental de las compras, se podrá incluir en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares especificaciones tendientes a obtener bienes, obras o servicios que causen el menor daño ambiental en su ciclo de vida, pudiendo establecerse también condiciones respecto del consumo de agua potable, utilización de productos peligrosos para los seres vivos y/o el nivel de consumo energético, entre otras variables a observar para la mejor preservación del ambiente y seguridad de las personas. Similarmente se podrán establecer obligaciones con la presentación de las ofertas tendientes a garantizar el respeto por las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo, así como la ausencia de trabajo infantil, de trabajo esclavo y de informalidad laboral. En aquellas situaciones en que hubiere tercerización de servicios, cualquiera fuere la modalidad de contratación empleada, deberá incluirse en los respectivos Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, que el proponente deberá contemplar en su oferta la obligación de ocupar, en la prestación de que se trate, a personas con discapacidad, en una proporción no inferior al 4% de la totalidad del personal afectado. Similar obligación deberá contemplarse en los concursos o las licitaciones públicas y privadas para la adquisición de bienes, estando los proponentes sujetos a la condición de emplear la proporción indicada, como mínimo, en su planta de personal”.
[29] Durante la ejecución del contrato pueden introducirse consideraciones como el suministro de lotes de tamaño adecuado para minimizar residuos; la entrega y envasado de bienes a granel y no por unidades, el suministro de bienes en recipientes reutilizables; la recuperación o reutilización a cargo del contratista del material de embalaje y de los productos usados y que el reciclado o reutilización a cargo del contratista.”
[30] Aquí sería interesante incluir este criterio en las “Buenas Practicas de la Oficina” de la reciente Resolución 74/2014 de la Sindicatura General de Nación (SIGEN) sobre Auditorías Ambientales.