JURÍDICO ARGENTINA
Doctrina
Título:Humedales versus agricultura
Autor:Guarino Arias, Aldo
País:
Argentina
Publicación:Revista Jurídica Región Cuyo - Argentina - Número 4 - Mayo 2018
Fecha:10-05-2018 Cita:IJ-DXXXIV-353
Índice Relacionados Ultimos Artículos
El Convenio Ramsar
Uso racional de los humedales
Agricultura versus humedales
Los últimos documentos internacionales sobre la agricultura
Los últimos documentos internacionales sobre la agricultura
La irrigación con fines agrícolas
Importancia de la agricultura
Algunos datos que suministran las naciones unidas
Otros datos de las Naciones Unidas
Algunos datos suministrados por el FIDA, Institución Financiera Internacional Especializado de las Naciones Unidas
Datos extraídos de nuestra realidad en el Río Atuel
Conclusiones
Notas

Humedales versus agricultura

Ab. Aldo Guarino Arias

El Convenio Ramsar [arriba] 

Estimo necesario, sin que ello signifique un estudio exhaustivo del convenio RAMSAR y su evolución en el tiempo, un breve análisis, ya que La Pampa centra sus reclamos en la recomposición fluvio ambiental de los ex humedales del noroeste de su territorio.

El convenio Ramsar, o convención relativa a los humedales de importancia internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas, fue firmado en la ciudad de Ramsar (IRÁN) el 2 de febrero de 1971, y entró en vigor en 1975, al año 2000 contaba con 123 partes contratantes (estados miembros) en todo el mundo.

Este acuerdo internacional es el único de los modernos convenios en materia de medio ambiente, que se centra en un ecosistema específico, los humedales[1].

La estructura del convenio Ramsar consta de 4 órganos: la conferencia de las partes contratantes (cop), el comité permanente, la secretaria del convenio y el grupo del examen técnico y científico.

De estos 4 órganos, el más importante es el primero, ya que es el órgano decisorio del convenio y se reúne cada tres años mediante representación de todos los Estados miembros y con la participación de observadores.

La convención emplea una definición amplia de los tipos de humedales abarcados por esta misión, incluidos pantanos y marismas, lagos y ríos, pastizales húmedos y turberas, oasis estuarios, delta y bajo de mareas, zonas marinas próximas a las costas, manglares y arrecifes de coral, así como sitios artificiales como estanques piscícolas, arrozales, embalses y salinas.

Los pantanos son regiones cubiertas por aguas poco profundas e invadida por la vegetación; las marismas son “terrenos pantanosos de aguas salobres en las proximidades de la costa; lagos, es un vasta y perenne acumulación de agua formada por la naturaleza[2]. En cambio laguna es una extensión de agua acumulada dulce o salada más pequeña que el lago[3]; agrego por mi parte que esa acumulación de agua se produce generalmente en depresiones del terreno y en ocasión de grandes lluvias en el llano o de una intensa fusión de los glaciares en la cordillera. La enumeración incluye a los “ríos” y otros humedales, con lo cual daría a entender que no se trata de una enumeración taxativa sino meramente ejemplificativa, pues al incluir a los ríos debía más bien citar a las cuencas hidrográficas que es la región geográfica donde actúa el río, y humedece la tierra.

Es importante por nuestra parte, destacar dos aspectos. Dice Marienhoff que por “Río debe entenderse todo curso natural de aguas, más o menos considerable, de caudal perenne[4].

Muchos ríos de las provincias andinas, sin ser torrentes son en cambio de régimen torrencial puesto que el volumen de sus aguas, sufre variaciones súbitas[5].

Reciente información [6] dan cuenta que las montañas, vitales como fuente de agua dulce son unos de los ecosistemas más sensibles al cambio climático y están siendo afectados más rápido que otros hábitats terrestres según las naciones unidas casi el 50% de la población mundial depende del agua que se produce a través de las montañas.

Una observación sobre el comportamiento de los ríos de montañas nos demuestra que ellos están integrados por tres secciones, una cuenca superior o alta cuenca, cuenca media y cuenca inferior.

En la alta cuenca es donde se produce la alimentación, normalmente nívea o neviscas. El río en este sector baja con gran ímpetu. Al llegar a la cuenca media, zona más llana. La fuerza del agua se atempera. No obstante para regular sus caudales, que se ven incrementados por numerosos arroyos, el hombre ha construido diques y embalses, cuya principal función es la de regular el río y secundariamente para facilitar el riego con fines agrícolas y generación de energía. Al llegar el curso de agua en la cuenca inferior, se pierde normalmente por filtración en una zona muy permeable, sumamente arenosa.

En ocasiones de grandes precipitaciones, el agua llega a esta zona y se deposita en las irregularidades del terreno, formando lagunas, bañados, pastizales, etc.., que con el tiempo vuelven a secarse. Las “turberas” son lugares donde se deposita la turba extraída de los pantanos – puede interpretarse también como la vegetación que crece en lugares encharcados[7]. La misma fuente de información nos dice que el “estuario” es la desembocadura de un río de gran anchura, donde el agua del mar penetra al subir la marea; delta, es una zona de acumulación aluvial, de forma más o menos triangular que se forma en la desembocadura de un río. Manglar es una formación vegetal en la que predomina el mangle, característica de la región tropical.

La enumeración incluye como hemos visto los arrecifes de coral, y sitios artificiales como estanques piscícolas, arrozales, embalses y salinas.

Esta enumeración que hace el convenio Ramsar repetimos, no es taxativa, sino, meramente enunciativa, y esta afirmación surge de tener en cuenta la amplitud y variedad de lo que se entiende por humedales.

Mi opinión de estar en presencia de una enumeración ejemplificativa y no taxativa, está dada por la afirmación del mismo convenio. “La convención emplea una definición amplia de los tipos de humedales abarcados por esta misión[8] .

Por otra parte, si fuera taxativa tendríamos que excluir de toda consideración, las “lagunas” y “bañados” que son depresiones que acumulan agua en poca cantidad cuando hay grandes avenidas, y no están mencionadas en el convenio.

Uso racional de los humedales [arriba] 

A decir verdad, el convenio Ramsar nace con un neto corte ambientalista. Tan es así que en la resolución V.G. Kushiro (Japón 1993) de la cop (partes contratantes del convenio) se dictaron una serie de orientaciones adicionales para la aplicación del concepto de uso racional de los humedales.

En él se señala que los factores sociales y económicos son las principales razones de la pérdida de humedales y por lo tanto merecen la atención principal de los programas de uso racional[9].

Se agrega en el punto 5 que “cuando los humedales forman parte integrante de una zona costera o cuenca hidrográfica más amplia, el uso racional debe también tener en cuenta los problemas de las zonas costeras o cuencas hidrográficas en su conjunto.

Es importante señalar a los fin de de este trabajo lo expresado en el punto I-5 “Desarrollo de acuerdos de cooperación para los sistemas hidrográficos compartidos entre dos o más países con el fin de lograr un uso racional de los mismos. Esto significa que será necesario concertar acuerdos para la conservación, el manejo y el uso racional de tales sistemas, según lo especifica en el art. 5 de la convención. De ser pertinente podrían utilizarse ciertos elementos de las presentes orientaciones para elaborar tales acuerdos. Además, esas medidas deberían adaptarse en coordinación o por conducto de otros tratados existentes como la convención Helsinki de 1992.

Como vemos, las partes contratantes de la convención Ramsar, han debido adaptar el concepto de uso racional, a las reglas de la equidad, que constituido por una serie de factores que deben ser ponderados en su conjunto, dan la nación de lo que es el “uso racional”. Por ejemplo la geografía de la cuenca, la hidrología de la cuenca, el clima de la cuenca, la población, los usos preexistentes, prevenir el desaprovechamiento, etc..

No está demás señalar que también se ha elegido como tema por dilucidar, la relación que existe entre los humedales y la agricultura, son elementos que están muy vinculados y muchas veces requiere determinar la prioridad de los usos de las aguas. El tema fue tratado en el 2014 con motivo del año internacional de la agricultura familiar.

Agricultura versus humedales [arriba] 

Es de conocimiento público que el río Atuel es utilizado en territorio mendocino para usos agrícolas. En el río, en Mendoza hay 132.000 has empadronadas con derecho de riego de las cuales a 1987 solo se podían regar 75.761 has. Hoy escasamente, como consecuencia de la emergencia hídrica, solo pueden regarse 40.000 has..

La provincia de La Pampa quiere aguas del Atuel para recomponer los bañados, lagunas, praderas naturales y usos domésticos en el NO pampeano, Santa Isabel y Algarrobo del Águila. Por ahora excluimos los usos domésticos, pues este uso ha tenido una solución fuera de la cuenca del Atuel, por un convenio de buena vecindad y ajeno al conflicto que habían mantenido por el Atuel se le concedió a La Pampa un acueducto desde Punta del Agua a Santa Isabel para usos domésticos de 6.000 personas.

Frente a ambos requerimientos y la falta de agua, resulta necesario analizar la prioridad de ambos usos.

El convenio RAMSAR ha elegido como tema a dilucidar, la relación que existe entre los humedales y la agricultura. Son elementos que están vinculados y muchas veces requiere de determinar la prioridad de los usos de las aguas.

Algunos autores ya enuncian su preocupación por el tema de la prioridad de la agricultura frente a los humedales. Así Leonardo Fabio Pastorino[10] dice: “Cuando los agraristas que buscaban los principios de su disciplina comprobaron que todos los que lograban enunciar tampoco eran absolutamente exclusivos, se decidieron por justificar su especialidad con una serie de institutos, variables en el tiempo, pero identificados con la finalidad productiva y el ciclo biológico sobre el que opera la actividad agraria. En nuestro caso, el derecho ambiental, identificado por el objeto y la finalidad descripta y por una particular relación jurídica compleja y pluripolar; además de una identidad configurada por los principios antes mencionados, cuenta con institutos particulares, como el del daño al ambiente, que basa su originalidad en todas estas características.”

Francisco Giletta[11] citando a un organismo internacional, dice: “La FAO defiende la biotecnología y sostiene que esta tecnología integrada con otras para la producción de alimentos y productos derivados de la agricultura, ofrece un significativo potencial para cubrir las necesidades de una población mundial en crecimiento.”

En materia de prioridades para otorgar los permisos o concesiones de usos especiales, todos o casi todos los códigos de agua del país han priorizado los usos domésticos o abastecimiento de poblaciones, luego los usos agrícolas y después los otros usos (industriales, mineros, recreativos, etc..)

El Código de Aguas de La Pampa sancionado el 15 de octubre de 2010 en su art. 67 dice: “Se establece el siguiente orden de prioridad para los usos especiales: 1)uso para consumo humano y doméstico, abastecimiento de poblaciones y municipal; 2)uso pecuario y de granja; 3)uso agrícola y para regadíos … etc. ”, o sea que pospone el uso agrícola al uso pecuario y de granja.

Sin embargo la legislación pampeana no desconoce las reglas de la equidad, proporcionalidad y razonabilidad en la distribución de las aguas en caso de escasez (art. 68).

Pero hay un antecedente que descalifica la actual pretensión de La Pampa.

La Corte Suprema de la Nación en su sentencia de diciembre de 1987, al analizar los usos preexistentes, como uno de los factores de las reglas de Helsinki, le recordó a La Pampa que en su reclamo “había expresado reiteradamente que respetará los usos consuntivos actuales de la cuenca…” (Obviamente se refería a los usos agrícolas realizados en territorio mendocino, pues en La Pampa no había ningún uso. Los usos en Mendoza fueron determinados en 75.761 has bajo riego para la agricultura). Para ello basta con leer la sentencia de la Corte de 1987, basada en toda la prueba pericial rendida.

Estas manifestaciones de La Pampa invalidan las actuales pretensiones, que han llegado incluso a sugerir que Mendoza debe reducir su agricultura.

Estas actuales manifestaciones y pretensiones de La Pampa son sancionadas por la teoría de los actos propios (contra viniere facttum). No pueden aceptarse expresiones o hechos que se contradigan con expresiones o hechos anteriores.

Los últimos documentos internacionales sobre la agricultura [arriba] 

En cambio, para que un humedal esté en la lista del convenio Ramsar se requiere. Uno: que el humedal tenga importancia internacional: lo de importante debe entenderse como algo que se destaca de otros humedales por su superioridad hidrológica, la geografía de la cuenca a la cual pertenece y su influencia social. Y lo de internacional, sin que sea un humedal transfronterizo, al menos debe interesar a otras nacionales.

El anexo V6 Kuchiro 1993 de la COP, en el capítulo II, relativo al conocimiento de los humedales, expresamente se determina una serie de estudios técnicos sobre los mismos. Así, se expresa “para el manejo de los humedales, es necesario poseer conocimientos adecuados sobre su funcionamiento, debiendo realizarse inventarios, investigaciones, actividades de monitoreo y de formación, tomando en consideración los criterios geográficos, económicos y políticos. En Ii 1 se recomienda a partir de los inventarios, preparar una información, en forma de mapas, listas análisis regionales o ecológicos, identificación de los recursos en un contexto geográfico socio económico, determinación de los usos conocidos de los humedales, identificación de los problemas presentes y potenciales.

En el cap. III 1 se expresa que el manejo de los humedales debe ser un proceso integrador, en el que deben tenerse en cuenta criterios de tiempo y espacio. Debe incorporar objetivos sustentables a largo plazo y también hay que tomar en consideración toda la cuenca hidrográfica, como proceso integrado, tiene que incorporar diferentes usos y actividades compatibles con la viabilidad.

De esta apretada síntesis extraemos como conclusión, que no cualquier sitio de tierra humedecida por una laguna o bañado puede ser incluido en la protección del convenio Ramsar.

Como este análisis está dirigido a demostrar que los ex humedales del NO pampeano no superan el test del convenio Ramsar, deseo recordar que en el año 2003, legisladores nacionales de La Pampa, habían presentado un proyecto de ley, para que el Congreso de la Nación, declarara a dichos sitios, humedales de importancia internacional para ser incluidos en el convenio Ramsar, y de esta manera, obligar al Estado Nacional, vía provincia de Mendoza a liberar aguas del Atuel, para recomponer los mismos.

La iniciativa quedó solo como un proyecto de declaración[12] por el cual vería con agrado que el Poder Ejecutivo, o por su intermedio a quien corresponda, inicie las gestiones necesarias tendientes a la incorporación de los bañados del río Atuel, ubicado entre las provincia de Mendoza y La Pampa, a la lista de humedales de importancia internacional, como sitio de importancia Ramsar.

Los últimos documentos internacionales sobre la agricultura [arriba] 

A partir de la declaración oficial por parte de la Organización de las Naciones Unidas en su 66º sesión, el 2014 se proclamó como año internacional de la Agricultura Familiar.

El año Internacional de la Agricultura Familiar 2014 tiene como objetivo aumentar la visibilidad de la agricultura familiar y la agricultura a pequeña escala al centrar la atención mundial sobre su importante papel en la lucha por la erradicación del hambre y la pobreza, la seguridad alimentaria y la nutrición, para mejorar los medios de vida, la gestión de los recursos naturales, la protección del medio ambiente y lograr el desarrollo sostenible, en particular en zonas rurales. Este objetivo lo destaca con énfasis la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el medio ambiente y desarrollo de Río 1992, principio 5 … erradicar la pobreza como requisito indispensable.

La meta es reposicionar la agricultura en el centro de las políticas agrícolas, ambientales y sociales, identificando lagunas y oportunidades para promover un cambio hacia un desarrollo más equitativo y equilibrado.

Tanto en los países en desarrollo como en países desarrollados, la agricultura es la forma predominante en la producción de alimentos[13].

Según la Fao en América latina y el Conibe el 80% de las explotaciones pertenecen a la agricultura familiar, lo que la convierte en la principal fuente de empleo y rural de la región.

Al respecto no debemos olvidar que según el censo de 1980 en el territorio de Mendoza, en la zona geográfica de la cuenca del río Atuel, se asentaban 100.000 pobladores, y en Santa Isabel y Algarrobo del Águila en el NO pampeano, no superaban las 1.300 personas. El censo del 2.010 no ha cambiado mucho la situación de ambas poblaciones. En el censo de 2.010, Algarrobo del Águila contaba con 329 habitantes ligeramente superior al censo 2.001. El censo 2.010 determinó para Santa Isabel 2.526 habitantes. En consecuencia no es exacto afirmar como lo hace La Pampa que como consecuencia de la falta de escurrimiento del agua del Atuel en su territorio se ha producido una importante migración humana.

Para mayor ilustración sobre la importancia de la agricultura resulta interesante transcribir la información aparecida en diario Los Andes del día 13-05-14, emanada del Ministerio de Agricultura de la Nación, que dice así: “El ministro de Agricultura, Carlos Casamiquela, convocó a los países de la región a “adaptar la agricultura al cambio climático y garantizar la seguridad alimentaria”, durante la 33 Conferencia Regional de la FAO para América Latina y el Caribe que se realiza en Santiago de Chile. “Debemos incrementar la cooperación internacional para adaptar la agricultura al cambio climático”. Consideró “necesario asegurar que los suelos se conserven fértiles y productivos, ya que los mismos constituyen la base del desarrollo agrícola, y en consecuencia, de la seguridad alimentaria mundial”. Recordó que en el 38 período de sesiones de la conferencia de la FAO los países apoyaron la creación de la Alianza Mundial sobre los suelos, como iniciativa voluntaria destinada a “mejorar la gobernanza de este recurso”.

La irrigación con fines agrícolas [arriba] 

Las lagunas, al igual que los lagos, son obra de la naturaleza[14] y cuando el hombre quiere cambiar la naturaleza lo primero que debe hacer es respetar las leyes de la misma.

En cambio los proyectos agrícolas y de riego son instrumentos que maneja el hombre y tienden al desarrollo de áreas o regiones determinadas y son de gran valor para el mejor desenvolvimiento técnico, económico y social de un país[15].

Nada más injusto y absurdo en contraponer los humedales a la agricultura. De esta (la agricultura) depende la vida de la humanidad. Que el lector juzgue que es más importante![16]

Importancia de la agricultura [arriba] 

El riego es la aplicación artificial del agua al terreno con el fin de suministrar a los vegetales la humedad necesaria para su desarrollo. Es una práctica agronómica antiquísima. En el código de Hammurabi (Babilonia) ya se hablaba que la existencia de las gentes, despendía del regadío.

Las necesidades nutricionales de una población que crece día a día imponen un aumento de la producción vegetal y uno de los medios más seguros y eficaces lo constituye el regadío.

La prioridad en los usos del agua es de fundamental importancia para la humanidad. Por ello, no puede compararse el deseo de “recomponer” humedales, con los usos agrícolas.

Como dice el profesor italiano Giusseppe Bolla, “la agricultura es una cosa viva, porque nace de la tierra, su realidad está influida directamente en su evolución, por la naturaleza misma”[17].

El autor citado, Felipe Ordoñez Corasa[18] incluye como elementos de la agricultura, al campesino y su familia, que intervienen en la empresa agraria.

Se señala también como importante en la agricultura, la relación entre el hombre y la tierra, cuestión cuya solución agita la opinión pública de las naciones y decide por su propio peso la suerte de los gobiernos.

Sin entrar en consideraciones de orden técnico de la agricultura, impropias de quienes no tenemos los conocimientos necesarios para ello, a los fines de este trabajo, deseo referirme a documentos jurídicos, que hemos citado, antes pero que ahora conviene profundizar.

Ya el anexo a la resolución VG (Kushiro) 1993 del convenio Ramsar Capítulo I-2, se establece que a nivel nacional los países podrían crear organismos destinados al medio ambiente, conservación de la naturaleza, agricultura, etc..

El 2014 es el año internacional de la agricultura familiar (sobre este tema volveremos más adelante). Por consiguiente, no es tan raro entender porqué la convención de Ramsar ha elegido humedales y agricultura como el tema para el día mundial de los humedales de 2014.

La convención Ramsar, reconoce que es un tema importante, dado que los humedales están muy a menudo íntimamente vinculados con la agricultura[19].

Veamos entonces cual es el objetivo del año internacional de la agricultura familiar para sacar algunas conclusiones.

En el 2008, una crisis alimentaria mundial vuelve a poner en primer plano, los problemas relacionados con la seguridad alimentaria.

En el 2008 el foro Mundial pone en marcha, en colaboración con más de 350 organizaciones de agricultores y de la sociedad civil, una campaña para instituir el año internacional de la agricultura familiar (AIAF).

En el 2010, el presidente de la FIDA apoya oficialmente la campaña a favor de la AIAF.

En 2011 el Gobierno de Filipinas, en el 37º período de sesiones de conferencia de la FAO, propone que las Naciones Unidas, declaren 2014 como Internacional de la Agricultura Familiar.

Ese mismo año, la Asamblea General de las Naciones Unidas en su sexagésimo sexto período de sesiones, declara oficialmente 2014, año internacional de la agricultura familiar.

En el 2013, la FAO establece el Comité Directivo Internacional de la AIAF aprueba el plan maestro y organiza diálogos a nivel regional[20].

El acuerdo de la ONU, resalta el papel de la agricultura familiar en la provisión de alimentos, el mantenimiento de los espacios y culturas rurales, la gestión de la biodiversidad y la superación de la pobreza.

La agricultura familiar y la agricultura en pequeña escala son fundamentales para la misión de la FIDAI, de reducir la pobreza y el hambre en las zonas rurales del mundo en desarrollo.

Invertir en la agricultura familiar, significa invertir en un futuro sostenible en el que reine la seguridad alimentaria.

Los objetivos de la AIAF son varios, todos dirigidos a la protección y fomento de la agricultura, entre ellos, como ya lo señalamos, acabar con el hambre y la pobreza, con un decidido apoyo en la elaboración de políticas propicias para la agricultura familiar sostenible.

Otros de los objetivos del año internacional de la agricultura familiar (AIAF) es crear oportunidades económicas rurales para los agricultores familiares que ofrezcan alternativas a la migración de las zonas rurales.

Algunos datos que suministran las naciones unidas [arriba] 

a) Alrededor de 1.500 millones de personas se dedican a la agricultura familiar en todo el mundo.

b) Hay más de 500 millones de pequeñas explotaciones agrícolas en el mundo.

c) Los hogares de los países en desarrollo gastan en comida entre el 70% y el 80% del ingreso disponible.

Otros datos de las Naciones Unidas [arriba] 

La agricultura familiar abarca todas las actividades agrícolas de base familiar y está relacionada con varias esferas de desarrollo rural.

La agricultura familiar desempeña un importante papel socio económico ambiental y cultural.

La agricultura familiar es, en toda su diversidad, la forma predominante de agricultura en el mundo. La seguridad alimentaria a nivel local y mundial, depende de ella.

La agricultura familiar genera ingresos para ciento de millones de habitantes de las zonas rurales, incluidos los pobres y marginados.

Uno de los problemas, de no menor importancia que destaca las Naciones Unidas es la ausencia de seguridad de la tenencia en un contexto de competición creciente por la tierra y el agua.

Algunos datos suministrados por el FIDA, Institución Financiera Internacional Especializado de las Naciones Unidas [arriba] [21]

Desde su creación en 1977, la FIDA ha respaldado los esfuerzos de los países por mejorar las condiciones de vida de los agricultores familiares de todo el mundo en desarrollo.

He aquí algunos ejemplos:

En el ámbito del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), en América Latina, el FIDA colabora con los Gobiernos de la Argentina, el Brasil, Chile, el Estado Plurinacional de Bolivia, el Paraguay, el Uruguay y Venezuela para que la integración regional redunde en beneficio de los pequeños agricultores. El FIDA, mediante la concesión de dos donaciones, contribuyó a la creación del MERCOSUR y de la Reunión Especializada sobre Agricultura Familiar (REAF). El MERCOSUR trata de fomentar la convergencia entre las agendas ministeriales en materia de pobreza rural y agricultura en pequeña escala de los países que lo integran. La REAF es el órgano asesor del MERCOSUR en lo relativo a la agricultura familiar y en su marco se promueve un proceso constante de consulta entre los gobiernos y las asociaciones de pequeños agricultores, centrado, entre otros temas, en el acceso a la tierra, la financiación y los seguros agrícolas.

En Egipto, el FIDA presta apoyo a un proyecto a largo plazo destinado a mejorar los ingresos y la seguridad alimentaria de los hogares ubicados en los nuevos asentamientos de Nubaria Occidental. Entre otras actividades, el proyecto ha ayudado a crear asociaciones campesinas de comercialización que han logrado que por primera vez la relación con los pequeños agricultores resultase atractiva para los grandes exportadores y elaboradores. De este modo unos 36000 hogares de productores se han organizado en asociaciones de comercialización y han recibido capacitación. Los precios al productor han aumentado hasta en un 33%.

En Gambia, el Proyecto de Ordenación Integrada Participativa de las Cuencas Hidrográficas, financiado por el FIDA, está promoviendo la construcción de puentes, calzadas elevadas y diques para bonificar tierras destinadas a los pequeños agricultores. Gracias al proyecto, las familias campesinas han logrado recuperar más de 34000 hectáreas de tierras agrícolas cultivables. En las tierras bajas, las mujeres son las principales beneficiarias, mientras que en las actividades relacionadas con la agricultura de conservación que se ejecutan en las tierras altas participan hombres, mujeres y jóvenes por igual.

En Viet Nam, los proyectos financiados por el FIDA han reforzado la seguridad alimentaria de los hogares pobres de las zonas montañosas. Un proyecto en Ha Giang permitió aumentar la productividad del arroz de dos a cinco toneladas por hectárea, mientras que la del maíz aumentó de algo más de una tonelada a más de tres toneladas por hectárea. El porcentaje de hogares en situación de inseguridad alimentaria se redujo, pasando del 49% en 2006 al 18% en 2011.

Datos extraídos de nuestra realidad en el Río Atuel [arriba] 

Los datos que a continuación se señalan, extraídos de la realidad del Río Atuel, han sido sintetizados del material que surge de las pruebas y análisis del fallo de la Corte en 1987[22] y de las últimas informaciones, especialmente de la prensa, con carácter oficial.

1. Como decíamos antes, en la provincia de Mendoza, en la cuenca del río Atuel hay 132000 has y fracción, empadronadas con derecho de riego desde hace más de medio siglo.

2. Al año 1987, con pruebas agronómicas, hidráulicas y de fotointerpretación desde 1983, se podían regar con aguas del Atuel en Mendoza (pág. 7294 y vta.) 75.761 has (considerando 88).

3. Hoy, al tiempo de escribir estas líneas escasamente se riegan entre 40000 y 50000 has, como consecuencia de la emergencia hídrica, producto del cambio climático que afecta a los cursos de agua especialmente a los glaciares que alimentan los ríos andinos.

4. En la cuenca del Atuel en Mendoza figuran entre 10000 a 11000 personas físicas y jurídicas como empadronadas.

a) Si tomamos la superficie empadronada tenemos en promedio unidades bajo riego de 12 has.

b) Si tomamos las 75.761 has regadas al año 1987 tenemos unidades económicas de 5 has y fracción.

Por supuesto que estas aproximaciones requerirían para tener precisión un censo y una estadística que determine cantidad de hectáreas por persona.

5-Según el censo poblacional de 1980 en General Alvear y San Rafael, departamentos de Mendoza con influencia en la cuenca del Atuel, existían 186.805 habitantes. En cambio en los de Chalileo y Chicalcó en La Pampa, habían 3.024 habitantes. El censo del año 2010 (último que tenemos) nos da 237.479 para San Rafael y General Alvear. En cambio en La Pampa en Chicalcó (Algarrobo del Águila) nos dan un dato de 329 habitantes y en Chalileo (Santa Isabel) nos da 2526 habitantes, o sea un total de 2,855 habitantes (en 30 años había una disminución de 169 habitantes). No puede sostenerse entonces con rigor científico el mentado proceso migratorio[23]. De esos totales 100000 habitantes se ubicaban en la cuenca del Atuel, en territorio mendocino.

6-Resulta sumamente interesante el análisis efectuado por la Corte en lo relativo a los usos preexistentes de los que surge que en territorio mendocino desde antes de la construcción del dique El Nihuil existían más de 10,738 has cultivadas asistidas con aguas del Atuel, llegando en el año 1974 a cubrir 105.732 has. En cambio en La Pampa, sólo pudo observarse en igual período, media hectárea con cultivo de maíz[24]. Esta situación no ha mejorado en Mendoza. Por el contrario, la agricultura bajo riego del río Atuel se ha visto críticamente disminuida como consecuencia de la emergencia hídrica (escasez) derivada del cambio climático que ha afectado a los glaciares andinos. Así lo informa el ingeniero Ricardo Villalba en sus últimos estudios del Ianiglia[25].

Conclusiones [arriba] 

1) Conforme a los antecedentes y toda la prueba rendida en el proceso judicial que fue resuelto por la Corte de la Nación en 1987, resulta un absurdo pretender aguas del río Atuel para recomponer los bañados en La Pampa.

2) Más absurdo resulta reclamar una indemnización pecuniaria por un daño ambiental inexistente.

3) La Pampa deberá entender que la Corte le ha concedido un derecho omo condómina del río Atuel, sólo a celebrar convenio tendientes a una participación, razonable y equitativa en los usos futuros de las aguas del río Atuel, sobre la base de los principios generales y las pautas fijadas en los considerandos de la sentencia[26].

Ello implica que sólo es posible hablar de usos futuros cuando hayan excedentes futuros de aguas, después que Mendoza cubra las 75.000 hectáreas y fracción que la Corte le concedió como uso privativo exclusivo, pues de ningún uso puede hablarse si no hay agua.

 

 

Notas [arriba] 

[1] http/www.mm a.es/recursos /dacs/sobreel conveniorans ashtm- Diccionario “Pequeño Larrouse” – “Tierra húmeda”. Edic. 2009.
[2] Miguel S. Marienoff – “Régimen y Legislación de aguas públicas y privadas”.
[3] Diccionario “Pequeño Larrouse”. 2009.
[4] Miguel S. Marienoff. Ob. cit., pág 212.
[5] Miguel S. Marienoff. Ob. cit., pág. 213.
[6] Diario Los Andes. 27-05-14.
[7] Diccionario “Pequeño Larrouse”. 2009.
[8] http:/www.rams ar.org/cda/e s/Ramsar- home/m ain/Ram sar/1-400-2.
[9] Anexo a la resolución VG Kushiro, 1993, punto L.
[10] Leonardo Fabio Pastorino. Ob. cit., pág. 375
[11] Francisco Giletta – Humanismo ambiental. Editorial Advocatus. Córdoba 2001, pág. 36.
[12] Proyecto de declaración Nº 1441 – D – 2003.
[13] Htp/INTA.gob.ar
[14] Miguel S. Marienhoff. “Régimen y Legislación de Aguas Públicas y Privadas”. Abeledo Perrot, pág. 426.
[15] Jorge A. Luque. “Proyectos agrícolas de riego”. Edit. Hemisferio Sur. Bs. As. 1980, pág. 1 y siguientes.
[16] Biblioteca Práctica y Agrícola”. Océano Centrum – Introducción.
[17] Citado por Felipe Ordoñez Corasa. Enciclopedia jurídica Omeba. T. VI, pág. 950.
[18] Felipe Ordoñez Corasa. Ob. cit., pág. 950.
[19] http:/www.ra msar.o rg/cda.
[20] LESA – Revista de Agricultura. www.lesa.af.org
[21] Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola - Vía Paolo di Dono, 44 – 00142 Roma, Italia. Correo electrónico: ifad@ ifad.org; www.ifa d.org; www.rur alpoverty portal.org; ifad-un.blogspot.com; instagram.com/ifadnews; www.fac ebook.co m/ifad; www.t witter.co m/ifadn ews; www.you tube.com/use r/ifadTV.
[22] Corte Suprema. L.195 – XVIII.
[23] Pág. 7253 vta. del proceso de la Corte.
[24] Ver fs 7260 a 7262 de los autos Nº L-195-XVIII. La Pampa c/ Mendoza de la Corte Suprema.
[25] El cambio climático y los servicios del agua en la Cordillera de los Andes - Jose A. Boninsegna a*, Ricardo Villalba a, Rocio Urrutia b,c *Autor de Correspondencia: a Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales, Casilla de Correos 330, 5500 Mendoza Argentina. Tel: 054 261 524 4225, E-mail: pbonin @m endoza-conicet .gob.ar bLaboratorio de Dendrocronología y Cambio Global, Facultad de Ciencias Forestales y Recursos Naturales, Universidad Austral de Chile, Valdivia, Chile. Environmental Change Institute, School of Geography and the Environment, University of Oxford, UK.
[26] Autos L.195 XVIII, punto 3º parte dispositiva.